Cuerpo del Plan

"Plan del Ejército" (Contribuyente al Plan de Seguridad Nacional)

 

Orden de Batalla: Ver Anexo 1

Situación



La JCG ante el grave deterioro que sufre la Nación ha resuelto adoptar las previsiones para el caso de tener que destituir al Gobierno Nacional y constituir un Gobierno Militar.


a. Fuerzas enemigas. 

Ver Anexo 2.


b. Fuerzas amigas

1) La Armada y la Fuerza Aérea realizarán las operaciones necesarias para asegurar, conjuntamente con el Ejército, la destitución del Gobierno en todo el ámbito del país y facilitar la asunción del Gobierno Militar, mediante:

-La detención del PEN y las autoridades nacionales, provinciales y municipales que sean necesarias; 

-La detención de personas del ámbito político, económico y gremial que deban ser juzgadas;

-La protección de objetivos y el apoyo al mantenimiento de los servicios los servicios públicos esenciales que se determine,

-El mantenimiento del orden y/o su restablecimiento en las juridicciones que les compete según Plan de capacidades (M I) con las modificaciones que introduce el Anexo 10 y las que eventualmente pudieren acordarse a partir del presente plan.

-El control de las fronteras marítimas fluviales, de los aeropuertos, aeródromos y pistas, impidiendo la salida del país de personas que deban ser puestas a disposición Militar;

-El partullaje y apoyo aéreo, especialmente sobre grandes terrenos ubanos;

-El cierre, ocupación y control de edificios públicos y de organizaciones sindicales según las previsiones adoptadas.

-El control y/o protección de sedes diplomáticas según las previsiones adpotadas.

-Todas las acciones que faciliten la consitución y funcionamiento del nuevo Gobierno Militar.


2) La Policía Federal Argentina y Policías Provinciales:

A partir del Día D a la hora H, personal superior de las FFAA procederán a hacerse cargo de las jefaturas correspondientes.

A partir de ese momento los efectivos policiales contribuirán en el accionar de las FFAA mediante:

- El mantenimiento del orden;

-El cierre y custodia de sedes pertenecientes a entidades políticas y sindicales;

-La protección de residencias de pesonal superior y subalterno de las FFAA, relevando y/o completando al personal militar que cumple esa tarea.

- Toda otra acción qu les impongan los comandos jurisdiccionales.


3) El Servicio penitenciario nacional y los provinciales:

-Mantendrán el orden y vigilancia interna de los establecimientos carcelarios;

-Estarlán en condiciones de recibir personal detenido que se les asigne a partir del día D a la hora H.


4) Reserva de la JCG:

La JCG dispondrá en la zona de Capital Federal y Gran Buenos Aires, para ser empleada con orden, las siguientes reservas:

-Ejército: 1 FT B1

1 Sección de Helicópteros


-Armada: 1 Ca Bl o efectivos equivalentes.

-Fuerza Aérea: 1 Sección COIN

1 Escuadrilla para Apoyo Directo

1 Sección de Helicópteros

Transporte Aéreo para 1 Ec

 

c. Fuerzas agregadas o destacadas


1) Agregadas:

A medida que se vaya asumiendo el control de las Fuerzas Policiales, éstas se irán agregando al orden de batalla en la forma prevista en el Ap 3 de la Directiva del Cte Grl Ej Nro 404/75 (Lucha contra la Subversión).


2) Destacadas:

Eventualmente se prevé agregara la PT Naval "Chapadmalal". El día D a la hora H2, con orden, efectivos equivalentes a 1 Ca refirzadis con 2 C ADA 40 mm.

 

d. Supuestos

1) Continúan en el ejercicio de sus funciones las actuales autoridades.

2) No existirán perturbaciones ni modificaciones substanciales con anterioridad al día D, en el orden socio-económico nacional, que obliguen al empleo de las FFAA en la represión militar para el mantnimiento del orden público.

3) Existe una total cohesión en el seno de las FFAA e identificación con el proceso a desarrollar.

4) Para la ejecución del plan se dispondrán de 7 (siete) días como preaviso deseable.

 




Misión



El Ejército Argentino realizará a partir del día d a la hora H las operaciones necesarias para asegurar, conjuntmente con las otras FFAA, la destitución del gobierno en todo el ámbito del país, a fin de facilitar la asunción del Gobierno Militar y contribuir a la consolidación del mismo.




Ejecución




a. Concepto de la operación

La operación consistirá en:

- La destitución del gobierno en todo el ámbito nacional, asegurando que sus miembros queden a disposición de las futuras autoridades.

- Realizar todas las acciones que faciliten la constitución y funcionamiento del nuevo Gobierno Militar.

- Asegurar el orden el el funcionamiento del país a partir del día D.

- Sostener y asegurar el cumplimiento de las medidas que adopte el Gobierno Militar.


La operación se desarrollará en las siguientes fases:

1) Fase l: PREPARACIÓN

Concepto: En esta fase se realizarán las acciones necesarias paara asegurar la ejecución del plan. Comprende desde la fecha de emisión del presente documento hasta el día D a la hora H-2. Abarcará inicialmente las tareas de planeamiento hasta el nivel CUB (inclusive) y toda otra medida preparatoria que haga el mejor cumplimiento de la ejecución.

A partir de la comunicación del día P (Preaviso), se llevará a cabo el planeamiento a nivel CUC y se iniciarán el alistamiento y los movimientos imprescindibles expresamente autorizados por el CGE, los que deberán encubrirse en la lucha contra la subversión.


2) Fase ll: EJECUCIÓN

Concepto: Se iniciará el día D a la hora H-2 con los desplazamientos previos y despliegues necesarios que aseguren el cumplimiento de las secciones previstas, y se extenderá como mínimo hasta el día D+3 (inclusive). Comprenderá: 

- Detención del PEN y de aquellas autoridades nacionales, provinciales y municipales que se determine;

- Detención de dirigentes políticos, gremiales, funcionarios públicos y delincuentes económicos y subversivos;

- Cierre, ocupación y control de edificios públicos y sedes sindicales;

- Control y/o protección de sedes diplomáticas en la Capital Federal y el Gran Buenos Aires;

- Protección de objetivos y apoyo al mantenimiento de los servicios públicos esenciales que se determine;

- Control de grandes centros urbanos, vigilancia de fronteras y cierre de aeropuertos, aeródromos y pistas que se determinen; 

- Control exterior de establecimientos carcelarios;

- Protección de residencias de personal superior y subalterno que se determine.


3) Fase lll: CONSOLIDACIÓN

Concepto: en esta fase se iniciará con orden, se mantendrán las medidas militares necesarias para contribuir a asegurar el funcionamiento y el orden del país, siendo reducisa en la medida que la situación lo pemita




b. Misiones


1) Generales (Cuerpos de Ejército l, ll, ll, lll y V)

Planearán a partir de la recepción del presente plan y ejecutarán a partir del día D a la hora H:

a) Las operaciones necesarias para asegurar la destitución de las autoridades que se determinen o que la situación particular de la jurisdicción lo aconseje

b) Las detenciones de personas según el Anexo 3

c) El cierre, ocupación y control de edificios públicos y sedes sindicales según lo especificado por el Anexo 4 

d) Control de grandes centros urbanos y cierre de aeropuertos, aeródromos y pistas según lo que determine el Anexo5

e) La vigilancia de fronteras (Caso Cerrojo) según lo expresado por el Anexo 6

f) La protección de objetivos y el apoyo al mantenimiento de los servicios públicos esenciales según el Anexo 7

g) La seguridad de los establecimientos carcelarios según lo especificado por el Anexo 8

h) La protección de residencias de personal militar según lo que determina el Anexo 9

i) La asignación temporaria y por acuerdos zonales, de jurisdicciones a otras FFAA con asiento en sus respectivas jurisdicciones y/o la coordinación con las mismas de la ejecución de operaciones específicas en forma conjunta.

 


2) Particulares


a) Cuerpo de Ejército l:

1) Operará a partir del día D a la hora H con efectivos de 1 FT con elementos blindados, para bloquear y eventualmente atacar la Casa Rosada (Casa de Gobierno) con la finalidad de lograr la detención del PEN y posibilitar su posterior traslado al lugar que determine el Gobierno Militar, según lo determinado en Anexo 11, Apéncice 1.

2) Ejercerá el control de los accesos a las embajadas y residencias de los señores embajadores para evitar que determinadas personas puedan acogerze al asilo político y contribuir a la detencion de aquellas que deban quedar a disposición del Gobierno militar, según lo determinado en Anexo 12.

3) Proporcionará efectivos y medios para la constitución de un Equipo Especial Conjunto para la setención de personas, según lo establecido por anexo 3.

4) Mantendrá 1 FT B1 a disposición de la JCG a partir del día D de la hora H+6 en la zona S O del gran Buenos Aires.

5) Provará efectivos equivalentes a 1 Ca Y, reforzados con 2 Cñ ADA 40 mm para ser agregados con orden el dia D de la hora H-2, a la FT Naval "Chapadmalal" en el caso de que la armada deba proceder a la detención del PEN en la zona de Mar del Plata


b) Institutos Militares:

1) Operará del día D a la hora H con efectivos de la FT con elementos blindados, para bloquear y eventualmente atacar las residencia presidencial de Olivos, con la finalidad de lograr le detención del PEN y posibilitar su posterior traslado al lugar que determine el Gobierno Militar, según lo determinado en el Anexo 11, Apéndice 2.

2) Ejercerá el control de los accesos a residencias de los señores embajadores para evitar que determinadas personas puedan acogerse al asilo político y contribuir a la detención de aquellas que deban quedar a disposición del Gobierno Militar, según lo determinado en el Anexo 12.

3) Asignara a partir de de la hora H-2 del día D, el personal superior y subalterno de los Institutos dependientes, al cuerpo de Ejército 1, en las entidades que se detallan:

-Oficiales Superiores: 2

-Oficiales Jefes: 11

-Oficiales Subalternos: 52

-Suboficiales: 60

4) Mantendrá, las previsiones de organización de la Brigada "Mayo", la que una vez integrada con orden, se constituirá en Reserva del Cdo Grl Ej, debiendo estar en condiciones de operar según lo establecido en Ap 3.c. Dispondrá de 10 horas para su constitución a partir de la recepción de la orden (Ver Anexo 1).

5) El personal de cadetes y aspirantes no será empleado si no en orden expresa del Cte Grl Ej


c) Cuerpos de Ejército ll, lll y V:

(1) Mantendrán en sus jurisdicciones a partir del día D, efectivos equivalentes a 1 Un l para ser desplazados con orden, a los siguientes centros urbanos:

-Cpo Ej ll: Córdoba

-Cpo Ej lll: Rosario

- Cpo Ej V:

Con prioridad 1: a Campo de Mayo, para integrar la Brigada Mayo.

Con prioridad 2 : Córdoba.

Con prioridad 3 : Rosario.

Los desplazamientos se realizarán por modo aéreo, con un preaviso de 6 horas para el Cpo Ej y de 8 horas para los Cp(s) Ej ll y lll.

(2) Además, los Cpo (s) Ej ll y V preverán la constitución de 3 EC cada uno, para ser transportados por modo aéreo con un preaviso de 12 horas. (Deben ser unidades de Infantería)


d) Formaciones del Cdo Grl Ej:

Preverán el cumplimiento de las misiones que les corresponde según el Plan de Capacidades (MI) con las modificaciones introducidas por la Directiva del Cto Grl Ej 404 (Lucha contra la subversión): además:

(1) Rl 1 "Patricios": reforzará la Guardia y seguridad del edificio "Libertador" con efectivos de 1 Ca l y mantendrá en su cuartel de Palermo otra Ca l a disposición del Equipo Especial Conjunto de detención de personas.

(2) Cdo Av Ej: alistará 1 Sección de Helicópteros que se quedará a disposición de la JCG como reserva


e) Dirección Nacional de Gendarmería:

(1) Colocará bajo control operacional de los comandos de Cuerpo de Ejército l,ll, lll y V e Institutos Militares, los elementos de GN que se encuentren en las jurisdicciones de las Zonas de Defensa, según lo establecido en la Directiva del Cto Grl Ej Nro 404 (Lucha contra la subversión). El Destxxx 1 quedará bajo control operacional del Cdo Cpo Ej l 

(2) La Dirección Nacional de Gendarmería permanecerá con su actual vinculación de dependencia con el Cte Grl EJ


f) Policía Federal Argentina

(1) La Jefatura de la PFA y los efectivos con asiento en la CAPITAL FEDERAL quedarán bajo control operacional del Cdo Cpo Ej l a partir de la hora H-2.

Quedan exceptuados los efectivos de las Seccionales policiales que integran la jurisdicción de la FAA y ARA (Anexo Nro 10) los que quedaran bajo control operacional de dichas Fuerzas.

(2) Colocará a partir de la hora H2 bajo control operacional de los Comandos de Zona de Defensa, las Delegaciones de la PFA que se encuentren en la jurisdicción de dichos Comandos


g) Servicio Penitenciario Nacional:

(1) Colocará bajo control operacional de los Cuerpos de Ejército l,ll, lll y V, al personal y las instalaciones del SPN que se encuentren en las jurisdicciones de dichos cuerpos, a la hora H. Se exceptúa de lo anterior el Instituto de Seguridad U6- Rawson, que será colocado bajo control operacional de la Armada.

(2) Recibirá los detenidos que los Cdo(s) Cpo(s) Ej ordenen mantener en sus instalaciones a disposición de los respectivos Comandantes


h) Reserva

1) Brigada "Mayo"

Se mantienen las previsiones ordenadas por la Directiva del Cto Grl EJ 404/75 (Lucha contra la subversión) con las siguientes modificaciones:

- El Rl 25 y el RIM 10 constituirán entre las dos unidades una FT equivalente a un Rl , según detalles a determinar por el Cdo Cpo Ej V.

- El preaviso para los efectivos citados en el acáptite anterior, se regirá por lo determinado en Ap 3. B.2) c) (1)

- Sus prioridades de empleo serán:

Prioridad 1: Capital Federal y Gran Buenos Aires- La Plata.

Prioridad 2: Córdoba.

Prioridad 3: Rosario/ Santa Fe.

2) Efectivos de 1 Rl en jurisdicción del Cpo Ej ll:

Preverán en transporte modo aéreo a Córdoba para ser agregados al Cpo Ej lll y a fin de ejecutar prioritariamente operaciones de represión militar.


3) Efectivos de 1 Rl en jurisdicción del Cpo Ej lll:

Preverán en transporte modo aéreo a Rosario para ser agregados al Cpo Ej ll y a fin de ejecutar prioritariamente operaciones de represión militar.


4) El personal y medios de los Comandos, Organismos y elementos orgánicos que no tengan misión especial asignada en el presente plan quedarán, a partir de la hora H del día D, a disposición del Cdo Grl Ej para el cumplimienteo de misiones que se les imparta.



Instrucciones de coordinación


1) Jurisdicciones:

Se mantienen las determinadas en el Plan de Capacidades (MI) con las siguientes modificaciones:

- En Capital Federal: Las expresadas en el Anexo 10 las que regirán a partir de la hora H-2 del día D y se extenderán como mínimo hasta el día D+3 inclusive.

- En el Gran Buenos Aires: Se asigna jurisdicción territorial al Cdo San Martín- 3 de Febrero- Vicente López - San Isidro - San Fernando - Tigre - Grl Sarmiento, la que regirá a partir de la hora H-2 del día D hasta como mínimo, el día D+3 inclusive.

- En el resto del país: Las que surjan de los acuerdos que se realicen con las otras FFAA para el cumplimiento de las misiones impuestas por el presente plan

a) en el caso de que una fuerza requiera el empleo en su jurisdicción de efectivos de otra fuerza, la responsabilidad de coordinación del planeamiento y conducción de las operaciones será de la que ejerza el comando de la jurisdicción, la que asumirá el control operacional sobre los efectivos agregados. Esta vinculación será temporaria y se informará por la cadena de comando al Cdo Grl Ej 

b) Los efectivos de una fuerza que deban penetrar en jurisdicción de otra para operar sobre objetivos específicos o por exigencias de desplazamiento, continuarán dependiendo de su comando natural.


2) Recursos locales:

Se autoriza a los comandantes a coordinar con los equivalentes de otras fuerzas, el empleo de recurso locales en jurisdicciones vecinas


3) Apoyo jurídico:

Ver Anexo 13



Acción Psicológica:

La que se realice sobre públicos Externos estará a cargo de otros medios. En la jurisdicción de Capital Federal y Gran Bueno Aires, la JCG centralizará la difución de comunicados destinados a regular las actividades de la población. Ver Anexo 15.


Informes:

Los comandos dependientes elevarán al Cdo Grl Ej

- A partir del día P y cada 24 horas: informe de novedades en relación con su respectivo plan.

- A partir del día D, hora H:

Periódicos:

El día D, cada 2 horas

El día D+1, cada 6 horas después del día D+1, se ordenará a periódicos: en la iniciación y terminación de cada opeación o actividad expresamente ordenada.



6) Encubrimiento:

En la medida de lo posible, todas las tareas de planeamiento y previsiones a adoptar emergentes del presente plan, se encubrirán bajo las previsiones y actividades de la lucha contra la subversión.



7) Planeamiento:

- Vigencia: El plan tendrá vigencia cuando sea recibido por los comandos dependientes y se ejecutarán cuando se ordene.

- Nivel de planeamiento: se mantendrá a nivel Cdo(s) Cpo(s) Ej e ll MM, no pudiendo descender a escalones inferiores hasta el día D

- Elevación: Los planes de GUB derivados del presente, serán elevados al Cdo Grl Ej (EMGE-Jef lll Op) a la mano, dentro de los 8 días de recibido este documento. Los Cpo (s) ej ll, lll y V elevarán además sus requerimientos de transporte aéreo y sus propuestas de lugares de embarque.



8) Señal de reconocimiento e identificación:

Tendrán vigencia a partir del día ¨D a las 0000 horas.

Ver Anexo 14.



9) El día P, el día D y la hora H se comunicarán oportunamente.


SERVICIOS PARA APOYO DE COMBATE

a) Personal: Según el Plan de Capacidades (MI)

b) Logística: Según el Plan de Capacidades (MI)

c) Asuntos Civiles: En lo que corresponde al presente plan se mantiene las previsiones contenidas en el Plan de Capacidades (MI)


COMANDO Y COMUNICACIONES

a. Comando:

- Puesto de Comando Principal: Sede del Edificio "Libertador"- Comando General del Ejército

- Puesto de Comando de Alternativa: Sede del Edificio"Libertador"- Comando General de la Armada


b. Comunicaciones:

Según lo previsto en el Plan de Capacidades (MI)

 

Distribuidor




Copia Nro 1 : Cte Grl Ej

Copia Nro 2 : JEMGE

Copia Nro 3 : Cte Cpo Ej l

Copia Nro 4 : Cte Cpo Ej ll

Copia Nro 5 : Cte Cpo Ej lll

Copia Nro 6 : Cte Cpo EjVl

Copia Nro 7 : Ctexxxx 

Copia Nro 8 : DNG

Copia Nro 9 : DGFFMM

Copia Nro 10 : JCG ( EMC en Operaciones)

Copia Nro 11 : Secr Cdo Grl Ej

Copia Nro 12 : Jefe lll- Op

Copia Nro 13 : Jefe PFA

Copia Nro 14 : Cte Ing

Copia Nro 15 : Jefe l- Pers






Anexos




1: Orden de Batalla

2: Inteligencia

3: Detención de personas

4: Ocupación y clausura de edificios públicos y sedes sindicales

5: Control de grandes centros urbanos y cierre de aeropuertos, aeródromos y pistas 

6: Vigilancia de fronteras 

7: Apoyo al mantenimiento de SPF y Protección de objetivos

8: Seguridad de establecimientos carcelarios

9: Protección de residencias de personal militar

10: Jurisdicciones

11: Detención del PEN

12: Control de accesos a sedes diplomáticas

13: Normas jurídicas de aplicación

14: Señal de reconocimiento e identificación

15: Acción psicològica

 

 

Página Inicial del Plan del Ejército