Anexo 8
(Control exterior de establecimientos penitenciarios)

"Plan del Ejército" (Contribuyente al Plan de Seguridad Nacional)

 

Finalidad


Controlar exteriormente, a partir del día D hora H, los establecimientos penitenciarios nacionales y provinciales donde se encuentren alojados delincuentes subversivos a fin de evitar su salida, fuga o rescate de la unidad carcelaria.




Concepto de la operación


A. General

La operación consistirá en el control exterior de los establecimiento penales con personal de las FFAA y/o FFSS, a fin de evitar la salida por las puertas habilitadas de personal detenido o la fuga o rescate del mismo por cualquier lugar de su perímetro.

Se establecerá de acuerdo con las características particulares de cada establecimiento, mediante patrullaje, puestos fijos y control de accesos habilitados.


b. Fases de las operaciones

1) Fase l - Preparación:

Hasta la hora H-2; el completamiento del planeamiento específico. 

2) Fase ll - Ejecución:

a) Subfase A: desde H-2 hasta H; comprenderá el desplazamiento y despliegue.

b) Subfase B: a partir de la hora H: bloqueo exterior y control de entradas y salidas.

4) CPO EJ V

Prisión Regional del Sur- NEUQUÉN

Colonia Penal de Viedma- RIO NEGRO

Unidad Penitenciaria de Bahía Blanca - BAHÍA BLANCA.

Asimismo cualquier otra Unidad Carcelaria de la jurisdicción que por la cantidad o peligrosidad de los delincuentes subversivos alojados, indique la conveniencia de su bloqueo exterior.

b. Aspectos comunes de la ejecución

1) El Control exterior se materializará en forma simultánea en todos los establecimientos a partir de la hora H.

2) El Jefe del elemento empeñado en el control, una vez establecido el dispositivo, comunicará tal circunstancia al Jefe del Servicio Penitenciario, a carago del establecimiento señalándole:

a) que el personal del Servicio Penitenciario deberá permanecer acuartelado hasta nueva orden.

b) que hasta nueva orden cesan todos los permisos de visita y que el acceso de cualquier persona o medio será controlado por el personal a sus órdenes.

c) que se deberá impedir todo tipo de comunicación con el exterior por parte de los detenidos.

d) que se deberán extremar las medidas de seguridad internas. 

3) Se impedirá la salida de cualquier persona alojada en la Unidad Carcelaria.

4) Se deberá ejercer un estricto control en el acceso de los proveedores, los que sólo serán autorizados cuando los sean de elementos esenciales, previa revisación de la persona y del vehículo; y luego acompañados por personal militar o de las fuerzas de seguridad.

5) La custodia que acompañe a los proveedores deberá evitar todo tipo de comunicación entre éstos y los detenidos.

 

 

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