Anexo 10
(Jurisdicciones)

"Plan del Ejército" (Contribuyente al Plan de Seguridad Nacional)

 

Finalidad


Ratificar las jurisdicciones que determina el PFE - PC (MI) para el ámbito nacional y rectificar las correspondientes a CAPITAL FEDERAL y GRAN BUENOS AIRES, con la finalidad de coordinar y satisfacer las exigencias de las operaciones que ejecutarán la FFAA en forma conjunta y/o específicas

 


Concepto de la operación



a. General

Regirá el concepto de aplicar en lo posible las jurisdicciones previstas en el Plan de Capacidades del Marco Interno, efectuándose las modificaciones mínimas necesarias para el cumplimiento de la finalidad.


b. Jurisdicción CAPITAL FEDERAL Y GRAN BUENOS AIRES

La conveniencia de tener que ejecutar operaciones específicas sobre objetivos conjuntos, determina la necesidad de crear la jurisdicción CAPITAL FEDERAL y GRAN BUENOS AIRES.

La misma será dividida en las jurisdicciones particulares de las siguientes Fuerzas y comandos: 

1) De la FAA:

Avda COSTANERA- Sección Est Com (TALLERES) - E SCIAFFINO- JUNIN- CORDOBA- GASCON- SCALBRINI ORTIZ (Ex Canning) SALGUERO.

2) De la ARA

Avda COSTANERA- Sección Est Com (TALLERES) - E SCIAFFINO- JUNIN-
RIVADAVIA- L. N. ALEM- CANGALLO- ADOLFO DAVILA- Avda DON PEDRO DE MENDOZA- PTE AVELLANEDA- DARSENA DE INFLAMABLE

3) Del EA

a) Cdo ll MM

Se le asigna como jurisdicción la determinada por los siguientes partidos de la provincia de BUENOS AIRES- SAN FERNANDO- SAN ISIDRO- VICENTE LÓPEZ- SAN MARTÍN- TRES DE FEBRERO- GENERAL SARMIENTO.

b) Cdo Cpo Ej l

Se le mantiene la jurisdicción en : CAPITAL FEDERAL (menos la asignada a FA y ARA) Partidos de MORON- MATANZA- LOMAS DE ZAMORA- LANÚS- AVELLANEDA- QUILMES.


c. Jurisdicciones para el resto del país 

Las determinadas en el Plan de Capacidades del Marco Interno y las modificaciones introducidas por la Fuerza en base a los acuerdos zonales realizados.

Asimismo y para el cumplimiento del presente Plan, se autoriza nuevos acuerdos temporarios a edectos de compatibilizar las propias capacidades.


d. Rutas de aproximación a CAPITAL FEDERAL 

1) de la FAA

MORÓN- Avenida VERGARA- Avenida ROCA- EL PALOMAR-CASEROS- Avenida General PAZ- Avenida LUGONES- Avenida SARMIENTO- Avenida DEL LIBERTADOR.

2) De la ARA

a) Para la ESCUELA DE MECANICA DE LA ARMADA: Avenida DEL LIBERTADOR- Avenida LUGONES- Avenida SARMIENTO- Avenida COSTANERA- PUERTO NUEVO.

b) Sector de PUERTO NUEVO hacia su sector de jurisdicción por cualquiera de las calles y avenidas habilitadas.

3) Del EA

las avenidas de aproximación no asignadas para la FUERZA AEREA y para la ARMADA.


e. Rutas de aproximación para el resto del país

Serán determinadas por cada Fuerza y dentro de ellas por cada Comando de Zona de Defensa, Subzonas y áreas en su jurisdicción y en acuerdo entre las Fuerzas para cumplir las tareas que el presente Plan y el Plan de Capacidades del Marco Interno asignan a cada una de ellas.

 

Instrucciones particulares



a. Coordinación para la protección de objetivos, ocupación y clausura de edificios públicos y sindicales, mantenimiento de servicios esenciales, detención de personas y control de embajadas.

La necesidad de crear zonas de responsabilidad en la CAPITAL FEDERAL ya expuestas en párrafo 2. b. Y la distribución de objetivos a proteger según lo prevé el Plan de Capacidades del Marco Interno y los Anexos del presente Plan, implica que efectivos de algunas de las Fuerzas deberán operar dentro de la jurisdicción de otra. 

En tal sentido, las FFAA se regirán por los siguientes criterios generales:

1) La responsabilidad de control, patrullaje y mantenimiento del orden público, corresponde a la Fuerza que controla la jurisdicción.

2) La responsabilidad de control de acceso, seguridad interior y protección de los objetivos corresponde a la Fuerza que tiene asignado por el PFE - PC- (MI) o por los anexos del presente Plan.

3) Cada vez que efectivos de una Fuerza operen o realicen una actividad dentro de la jurisdicción de otra, debe coordinar las acciones con la debida anterioridad.

4) En el caso particular de los partidos de la provincia de BUENOS AIRES afectados a la jurisdicción CAPITAL FEDERAL Y GRAN BUENOS AIRES y de cuyas intendencias se harán cargo otras fuerzas (FAA: MORON; ARA: TIGRE y SAN FERNANDO) los Comandos establecerán los acuerdos necesarios para el apoyo y control en proximidades del objetivo a proteger.



b. Puestos de Comando

1) En la CAPITAL FEDERAL

a) FFA: Edificio del ACA

b) ARA: Edificio LIBERTAD

c) Cpo Ej l : Cpo Ej l


2) En el resto del país

Serán fijados por los Comandos de Zonas de Defensa, Subzonas, Aereas y Fuerzas de Tareas, respetando en lo posible los ya establecidos en el Plan de Capacidades del Marco Interno. Las modificaciones que se efectúan serán comunicadas siguiendo la vía jerárquica a la JVG (EMC en operaciones) en cuanto sean realizadas.

 

 

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