Capítulo II
Víctimas

F. Conscriptos (continuación)

 

Modalidades de detención


Fuera de sus familias, en cuyo seno y hasta el momento de su incorporación los jóvenes habían gozado de la protección de sus padres, y a partir del momento en que la jerarquía de las FF.SA. es la encargada de su guarda, se produce el doble proceso que de manera similar se da en más de 135 denuncias de desaparición forzada de ciudadanos que cumplían el servicio militar: por el estado de indefensión de esos jóvenes, sus captores operaban con todas las facilidades que les ofrecía el dominio de la situación. Por otra parte, quienes ejercían el poder de mando, no se hacían responsables, o compartían la responsabilidad por las omisiones o por las presuntas órdenes que podrían haber impartido para hacer factible las detenciones ilegales. Estas detenciones se efectuaban dentro del mismo ámbito el que estaban destinados, como ocurrió en un 35 % de los casos. En el domicilio de los soldados (18 %); en un 29 % cuando el soldado salía de «franco» o en «Comisión»; un 7 % en la vía pública por personas vestidas de civil; un 4 % inmediatamente después de haber sido dados de baja; quedando un remanente de un 5 % de casos de desapariciones ocurridas en otro tipo de circunstancias.

«Mi hijo estaba cumpliendo el Servicio Militar en la Marina, en el Edificio Libertad -dice Eusebio Finguerut, refiriéndose a su hijo Pablo Alberto Finguerut (Legajo N° 4196). El día 14 de junio del mismo año las autoridades navales denuncían la tentativa de comisión de un acto terrorista, aclarando que el mismo no tuvo consecuencia alguna en cuanto a personal militar y/o bienes materiales. De esto fue acusado mi hijo, Pablo Alberto, por la sola razón de haber sido el único de los conscriptos afectados al sector del hecho de referencia, que se hallaba ausente del mismo. A raiz de esta noticia pedí audiencia con el Almirante Massera por telegrama colacionado y el 16 de junio me hice presente en el Edificio Libertad».


Lo insólito del caso es que en lugar de dársele información sobre su hijo, el señor Eusebio Finguerut quedó detenido a disposición del PEN.

Cumplió un año de prisión después del cual se lo autorizó a salir del país. En Inglaterra, donde se exilió, recibió noticias provenientes de un prisionero político liberado de que su hijo Pablo habría sido asesinado por sus captores mediante sesiones de tortura.

No cabe duda de que la detención del padre tendía a impedir que éste activase la pertinente investigación.

 

 

 

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