Buscados. Represores del Alto Valle y Neuquén
por Noemí Labrune
III. El sueño
del chupadero propio
1. Una piedrita en el camino del coronel
El dispositivo de remitir
tandas de detenidos clandestinos a Bahía Blanca, es decir al Comando de la Zona
de Seguridad 5, no satisfacía las expectativas de la Jefatura de Inteligencia de
la Subzona 52.
Los traslados se hacían por vía aérea, y el movimiento de estos aviones era
registrado por personal civil provincial, en el aeropuerto de Neuquén
(27) Los prisioneros llegaban hasta allí en el celular de
la policía provincial, único vehículo de este tipo disponible en la repartición.
Bastaba echar una mirada a los choferes para darse cuenta de que la etiqueta de
"secreto militar" no lograría evitar que estos socios involuntarios de la
represión ilegal alimentaran -a partir de su azoramiento o quizá de su rechazo-
los rumores que corrían por Neuquén capital: el Ejército estaba retirando presos
de la cárcel y los llevaba a matar a Tucumán. En realidad el trayecto sería
mucho más corto.
"Preguntado, para que diga si durante los meses de junio a setiembre de 1976, el declarante transportó detenidos en el celular desde la Unidad 9 al aeropuerto de Neuquén, o viceversa.
URIBE: que sí, que no recuerda la fecha exacta. Que al llegar a la U9 le hacen subir a los presos. Que había dos o tres militares, pero quienes hacen subir a la gente al celular fue el personal de la cárcel...
Que al llegar al aeropuerto se le dijo que esperara, que en ese momento estaba llegando un Hércules C 130, que se le hizo estacionar de 'culata' al avión, que le hicieron abrir la puerta de atrás del celular, y que se hiciera a un lado, que ellos iban a bajar los presos. Que los mismos eran empujados del celular al piso, que estas personas estaban esposadas y vendadas… Y que se callara de todo lo que viera, recuerda que también se le dijo... Que antes de subir al avión les pasaban un encendedor delante de los ojos a los detenidos para ver si veían, que luego eran envueltos con una soga y les colgaban un papel en el pecho, cree que con un número, y luego eran tirados dentro del avión... Que el avión era del ejército. Que todo esto se realizó en la parte vieja del aeropuerto, es decir en el lugar de estacionamiento de los aeroplanos. Recuerda que los detenidos eran puestos amontonados uno encima del otro. (28)
ARMENDARO: que iba al aeropuerto a llevar detenidos y trata a la totalidad de los pasajeros que venían en el avión, por orden de los militares. Que no recuerda exactamente la fecha, pero hacia frío, que efectuó entre 6 y 7 traslados aproximadamente, siempre de noche... Que los custodios eran todos personal militar. Que incluso cuando llegaban al aeropuerto las maniobras para arrimarse hasta el avión las realizaba el dicente guiado por una linterna que utilizaba personal militar. Que cuando llegaba al aeropuerto, estacionaba en la llamada pista vieja, que está ubicada al costado izquierdo de la pista nueva."
"Preguntado para que diga si en oportunidad de tener que abrir la puerta del celular para que bajaran los detenidos, pudo ver el rostro de alguno de ellos.
ARMENDARO: que no. Que salvo una o dos veces en que pudo quedarse hasta que bajaran los detenidos, casi siempre le ordenaban que abriera la puerta del celular, subiera a la cabina del mismo, esperara a que terminen de bajar todos y luego fuera a cerrar la puerta. Que cuando se quedó en la puerta del celular observó que los presos entraban corriendo a la U9 por orden de los militares." (29)
Dada la escasa disponibilidad de plazas en aeronaves destinadas a ese fin, no
siempre podían esos traslados resolverse en forma perentoria. Así por ejemplo,
Darío Altomaro fue remitido a Bahía Blanca a las pocas horas de su secuestro en
Neuquén, pero muchos otros debieron ser alojados transitoriamente en la Prisión
Regional del Sur (U9), a falta de otro lugar más "seguro".
Las autoridades del Penal persistían en la rutinaria costumbre de registrar
arribos y partidas de los "detenidos en tránsito" a disposición del Comando de
la Subzona 52, como si no estuvieran enteradas de que la Junta de Comandantes
había declarado la guerra sucia. O como si pretendieran, al menor descuido de
sus entonces patrones militares, mantenerse ellas, impolutas. Bien es cierto que
este exceso de escrúpulos no iba más allá del simple registro o, alo sumo,
alguna entrega bajo recibo.
Un recibo. Despreciable papelito, como perdido en el legajo de un no menos
despreciado preso PEN. Pero no hay riesgo despreciable, y es allí donde hasta el
más precavido da el tropezón.
Lejos estaba entonces de imaginar el actual coronel Oscar Lorenzo REINHOLD que
formularios firmados de su puño y letra y archivados en el Penal, con la orden
del traslado a la clandestinidad de algunos detenidos, constituirían una de las
pruebas documentales que lo convirtieron en destinatario obligado del banquillo
de los acusados...
Ese banquillo para acusados militares -con almohadón en terciopelo punzó y
tachuelitas- que casi instalan en el Salón de Audiencias de la Cámara Federal de
Bahía Blanca. (30)
Utensilio ritual del más "ritual de nuestros poderes constitucionales, pero
¿estuvo realmente a un tris de ser hollado por las posaderas del coronel
REINHOLD? La duda es enorme.
Quizá todo no pasó de ser un espectáculo institucional para entretener a jueces,
fiscales, querellantes y testigos, mientras el teniente coronel Aldo RICO,
(31) o cualquier otro, aprontaba los disfraces para
gestionar la impunidad.
Y REINHOLD se aprontaba para ascender a general.
(27) Los aviones utilizados fueron DH6 matrícula AE 106 Y CT
207 matrícula AE 122, ambas aeronaves del Ejército, piloteadas por los capitanes
DE MARCO Y Juan José CAPELLA, así como el FK 28, matrícula 51 piloteado por los
capitanes MARTINEZ y Juan José OSSA, de la Fuerza Aérea, según consta en la
planilla de vuelo obrante a fs. 10 del expte. 62/86 de la C.F.B.B.
(28) Expte. 28/86 C.F.B.B. fs. 619.
(29) Expte. 28/86 C.F.B.B., fs. 438.
(30) La audiencia oral y pública del juicio por violaciones a los Derechos
Humanos cometidas por personal militar y de las Fuerzas de Seguridad en la Zona
5, Subzonas 51 y 52, debía iniciarse estimativamente en los meses de mayo a
junio de 1987, una vez que la totalidad de los imputados hubieran prestado
declaración indagatoria. El procedimiento seria similar al seguido en el ..
Juicio a los Comandantes" , llevado a cabo en el año 1985 ante la Cámara Federal
de Apelaciones de la Capital Federal, es decir, con la comparencia simultánea
ante el Tribunal de todos los acusados, y sus abogados defensores, y con la
presencia de querellantes, público y periodistas.
Uno de los aspectos logísticos a resolver por las autoridades de la Cámara
Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, cuya sede -una mansión señorial
construida a principios de siglo- es tan elegante como antifuncional, era
precisamente dónde sentar, con el decoro debido a tan solemne circunstancia, a
la treintena de reos sometidos a proceso. A partir de la irrupción de los
"carapintada" en la escena política, el problema de espacio se vio despejado.
La sanción de la ley 23.521, y el previsible rechazo, por parte de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, del fallo de inconstitucionalidad dictado por la
Cámara de Apelaciones de Bahía Blanca, producirán la descongestión casi total
del "banquillo" , ya que la inmensa mayoría de los acusados, incluyendo al mismo
REINHOLD, se verá beneficiada por la "obediencia debida".
(31) Entre los días 16 y 19 de abril de 1987, coincidiendo con el feriado de
Semana Santa, el entonces teniente coronel Aldo RICO y un grupo de secuaces,
ataviados con uniforme de fajina y camouflage de "guerreros USA en Vietnam" ,
incluyendo betún oscuro en la cara, se acuartelaron en la Escuela de Infantería
de Campo de Mayo y amenazaron a las autoridades constitucionales con extender la
sublevación, si no eran satisfechas sus exigencias: reivindicación de la lucha
antisubversiva; libertad a los ex-Comandantes condenados por violación a los
Derechos Humanos; suspensión de los juicios contra otros militares involucrados,
entre ellos, el ex-mayor Jorge BARREIRO.
Este cuartelazo, aún cuando quedó sumergido bajo la movilización popular, dio
frutos: la sanción de la Ley 23.521 de Obediencia Debida. La memoria colectiva
lo recuerda como la revuelta de los "carapintada".