Buscados. Represores del Alto Valle y Neuquén
por Noemí Labrune
VII.
Encubridores varios
(54)
4. Actores a sus puestos
Tampoco favorecían los planes
del Poder Ejecutivo el empuje y la autonomía con que el juez federal encaró la
instrucción de las causas, que en número de medio centenar se abrieron a partir
de las denuncias de ambas Comisiones de Derechos Humanos, y de los propios
damnificados.
Estas causas se tramitaron a lo largo de 18 meses ante el tribunal de Neuquén.
Fueron pasando sucesivamente a tribunal militar, a medida que la Cámara Federal
de Bahía Blanca rechazaba las apelaciones de los querellantes, para que
permanecieran en sede civil. Durante ese período, el juez federal hizo lugar a
todas las pruebas ofrecidas por la querella, y produjo otras muchas de oficio.
La cantidad o la jerarquía de los presuntos responsables no ejercía ningún tipo
de condicionamiento.
Sin abandonar su estilo porteño y pulcro, Rivarola parecía dispuesto a desafiar,
como el Juan Moreira de los melodramas criollos: "No pregunto cuántos son, sino
que vayan saliendo". Y a lo largo de las actuaciones salieron a la luz muchos
delincuentes. Encumbrados y de los otros.
¿Había llegado la hora de volver a creer en el poder del Poder Judicial?
Si en ese mes de octubre alguien hubiera pagado una consulta a un astrólogo,
éste habría vaticinado -en clave como el Oráculo, por las dudas-, y
categóricamente:
LIBRA: Conjunción muy favorable. Tome la delantera y pegue dos veces. Demoras entrañan daños irreversibles. Marte encapuchado apuesta a la prescripción.
El 21 de noviembre de 1984 Antonio Oscar Ragni inició una querella contra el ex
titular del Batallón de Construcciones 181, Braulio Enrique OLEA, por entonces
general en actividad, y otros cuatro oficiales de la Subzona 52 "sin perjuicio
de las responsabilidades que surjan de la investigación con respecto a otras
personas, por los delitos de privación ilegítima de la libertad calificada, y
asociación ilícita calificada" de los que fuera víctima su hijo Oscar,
secuestrado de su domicilio el 23 de diciembre de 1976, y desde entonces
desaparecido.
Al iniciarse esta causa, el fiscal Marcelo ORTlZ fue recusado por Oscar Ragni.
Este fundamentó la recusación en el hecho de haber denunciado anteriormente al
Dr. ORTIZ "como cómplice o encubridor del accionar represivo en esta
Jurisdicción", incluyendo la propia desaparición de su hijo.
Al poco tiempo, y con toda elegancia, el fiscal Ortiz renunció o se acogió a la
jubilación para dedicarse a la actividad privada.
La designación del nuevo fiscal, doctor Manuel de los Reyes Balboa, joven
abogado catamarqueño del foro local, completó un panorama por demás alentador.
Patrocinaron al querellante -y sucesivamente a otros familiares y víctimas que
se fueron presentando como particulares damnificados- un grupo de abogados que
desde los años de la dictadura habían brindado desinteresadamente su apoyo
profesional a la causa de los derechos humanos: Carlos o. Caballero, Jorge R.
Cabrera, Guillermo Correa, Alfredo Janson, Daniel Lapilover y Prudencio Zeballos.
En el momento de radicarse los juicios ante la Cámara Federal de Bahía Blanca,
se sumó al equipo de letrados la doctora Mirtha Mantaras, penalista conocida por
sus trabajos sobre la represión ilegal y la Justicia Militar. Como periodista,
había cubierto las secuencias del Juicio a los Comandantes para diversas
publicaciones especializadas y de información general.
(54) Capitulo 13: Encubrimiento.
Artículo 277: Será reprimido con prisión de seis meses a tres años el que, sin
promesa anterior al delito, cometiere después de su ejecución alguno de los
hechos siguientes:
1°) ayudare a alguien a eludir las investigaciones de la autoridad o a
sustraerse a la acción de ésta, u omitiere denunciar el hecho, estando obligado
a hacerlo.
2°) procurare o ayudare a alguien a procurar la desaparición, ocultamiento o
alteración de los rastros, pruebas o instrumentos del delito, o a asegurar el
producto o el provecho del mismo.
Código Penal de la República Argentina, edición al cuidado del Dr. Fernando
Marcelo Zamora, Buenos Aires, Zavalía Editor, 1987, pág. 83.