Miércoles 7 de Mayo de 2003

Informe de Prensa de la APDH La Plata - Juicio por la Verdad

 

 

Crímenes de lesa humanidad: los delitos conexos son imprescriptibles, falló la Cámara
Lo hizo en una causa penal contra un ex comisario por la destrucción de libros de medicina legal en los que había valiosa información para identificar desaparecidos. Es la primera vez que la Justicia platense dice que los crímenes de la dictadura son imprescriptibles. Según el juez Schiffrin, el fallo no tiene precedentes en el país.


Por Lucas Miguel  (Secretaría de Prensa) 

 

LA PLATA (07may).- La Cámara Federal de La Plata resolvió que los delitos conexos con los crímenes de lesa humanidad también son imprescriptibles y ordenó revocar el sobreseimiento por prescripción que había favorecido a un ex comisario acusado de destruir documentación sobre los desaparecidos.

Es la primera vez, asimismo, que la Justicia de La Plata declara imprescriptibles los delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura. Y, según señaló el juez Leopoldo Schiffrin, es la primera vez en la Argentina que se declaran imprescriptibles los delitos conexos con aquellos: “He leído bastante de jurisprudencia argentina y no conozco casos así”, señaló.

El fallo, fechado el 30 de abril pasado y firmado por los jueces Julio Víctor Reboredo y Schiffrin, le dio la razón al fiscal Félix Crous, quien había apelado el sobreseimiento por prescripción de la acción penal que el juez Manuel Humberto Blanco había resuelto para el comisario retirado Carlos Alberto Navarro.

Navarro está acusado de haber destruido u ocultado 23 libros de partes médico-legales de la morgue que funcionó en la Jefatura de la Policía de la Provincia de Buenos Aires. En esos libros se asentaron las características físicas y las causales de muerte de las personas desaparecidas cuyos cadáveres eran arrojados en la vía pública y señalados como muertos en enfrentamientos con las fuerzas militares y de seguridad.

Los camaristas Reboredo y Schiffrin subrayaron en su fallo “la manifiesta vinculación de los hechos aquí investigados con los crímenes contra la humanidad, cuya prueba habría sido objeto de supresión por medio de tales hechos” y ordenaron anular el sobreseimiento de Navarro y seguir adelante con la causa.

Hoy, en diálogo con esta Secretaría de Prensa, Schiffrin explicó que el caso “es gravísimo” porque “al desaparecer los libros se ha impedido una cantidad de identificaciones (de cuerpos de desaparecidos). Ha sido una forma de prolongar los efectos de la desaparición forzada. Es un caso extremo, de conexión indisoluble con la desaparición forzada. Entonces, por eso nos pareció que no podía tratarse de una forma de desaparición forzada y de otra forma el ocultamiento (de los libros) que permite darle mayores efectos”.

Los libros fueron intensamente buscados en el marco del Juicio por la Verdad porque servirían para identificar a desaparecidos que fueron enterrados como N.N. en el cementerio local.

El ex comisario Navarro fue secretario del médico policial Néstor De Tomas, quien fue el último funcionario que tuvo en sus manos aquellos libros, según consta en un documento que la Cámara Federal obtuvo en el marco de la investigación sobre el destino de los desaparecidos.

Los 23 libros desaparecieron después de que el Juzgado Penal N°1 de La Plata —que los había requerido para una investigación— los devolviera en 1986 a De Tomas, en ese momento funcionario de la Dirección de Sanidad de la Policía.

De Tomas declaró en tres oportunidades ante la Cámara Federal y dijo que entregó los libros en la Dirección de Sanidad. Pero su ex jefe, el doctor José Albisu, negó la versión.

El Tribunal le hizo saber que era “el único responsable” del destino de los libros, ya que no existen registros de que él los haya entregado luego de recibirlos del juzgado. Por eso, lo denunció en septiembre de 1999 ante la Justicia Federal de primera instancia por encubrimiento e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

De Tomas fue sobreseído en 2000 por prescripción de la acción penal por el juez Humberto Blanco, sin que el fallo fuera apelado, y la causa fue cerrada.

Pero en el 2001, los jueces de la Cámara recibieron una denuncia anónima en el marco del Juicio por la Verdad que indicaba que Navarro había quemado los libros y amenazado a la ex comisario y funcionaria de la Dirección de Sanidad policial, Stella Maris Fernández —quien declaró en este proceso— para que no contara la verdad. La mujer negó luego haber recibido intimidaciones y saber sobre el destino de los libros.

En septiembre de aquel año, Navarro fue llamado a declarar en calidad informativa en el Juicio por la Verdad, ya que se sospechaba su participación en la comisión de un delito, y, haciendo uso de su derecho, el ex comisario se negó a declarar.

El fiscal Félix Crous, entonces, denunció a Navarro en primera instancia por sustracción, ocultación, destrucción e inutilización de objetos destinados a servir de prueba. La causa volvió a caer en el juzgado de Blanco, que también lo sobreseyó. Pero Crous apeló y el expediente fue elevado a la Cámara Federal.

Los jueces Julio Reboredo y Leopoldo Schiffrin también debieron resolver un pedido del abogado de Navarro, Mario Mac Dougall, quien reclamó que Crous sea apartado de la causa porque el procurador Nicolás Becerra lo designó para intervenir “sólo para los delitos cometidos durante los años 1976/83”.

El abogado defensor sostuvo que, como la destrucción de los libros habría ocurrido en 1986, Crous no podía intervenir en el caso. También dijo que el delito “no se vincula con aquellos de carácter imprescriptible”, reclamó la nulidad de todo lo actuado a partir de la intervención del fiscal Crous y que se rechazara su recurso de apelación.

El juez Reboredo votó entonces que “no corresponde escindir los hechos que motivan la formación de esta causa de la desaparición de personas (…) en tanto se ha alegado la destrucción de libros de reconocimiento médico legal, que contendrían datos que podrían conducir a esclarecer el lugar de inhumación de los cadáveres de aquellos que habrían desaparecido durante el período comprendido entre los años 1976 y 1983”.

En esta línea, el juez Reboredo señaló que el fiscal Crous es competente para intervenir en el caso y recordó que el fiscal subrogante de primera instancia, Guillermo Ferrara, dictaminó en el inicio de la causa que era Crous el habilitado para la causa.

El juez Schiffrin, por su parte, adhirió al voto de su colega, “subrayando la manifiesta vinculación de los hechos aquí investigados con los crímenes contra la humanidad, cuya prueba habría sido objeto de supresión por medio de tales hechos”, falló.

La causa ahora volverá al juez Blanco que “debe continuar la investigación conforme a derecho” por orden de la Cámara Federal.



Juicio por la Verdad

La Cámara Federal suspendió el careo previsto para hoy entre los ex policías Osvaldo Maseroni y Everardo Mónico Santana en la causa en la que se investiga la desaparición de Daniel Omar Martinicorena. La suspensión de debe a que Maseroni no puede comparecer por problemas de salud.

Por otro lado, declararon en audiencia reservada la sobreviviente Cristina Haydeé Quiles y su esposo Eduardo Heriberto Inclan. Ambos pidieron comparecer con esa modalidad, por lo cual el Tribunal ordenó el desalojo de la Sala de Audiencias y no se permitió que la prensa estuviera presente. 


  

 

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