Crous denuncia el circuito de ccd de La
Plata y pide capturas
El dictamen explica el funcionamiento de la represión ilegal en La Plata.
Describe la operatoria de distintas dependencias estatales en el marco del
terrorismo de Estado. Pide la invalidez e inconstitucionalidad de las leyes de
Punto Final y Obediencia Debida.
Por Lucas Miguel (Secretaría de Prensa)
LA PLATA (27mar03).-
El fiscal federal en lo criminal y correccional, Félix Crous, denunció el
circuito clandestino de centros de detención de la ciudad de La Plata y pidió
las capturas e indagatorias de los implicados en su funcionamiento, para lo cual
solicitó la declaración de “invalidez e inconstitucionalidad” de las leyes de
Punto Final y Obediencia Debida.
La denuncia, un nuevo desprendimiento de la prueba recabada en el Juicio por la
Verdad que tramita ante la Cámara Federal, fue presentada ayer en el Juzgado
Federal N°1 de esta ciudad, a cargo de Humberto Manuel Blanco.
El dictamen fiscal hace un pormenorizado relato del funcionamiento y
articulación de los centros clandestinos de detención (CCD) que funcionaron en
la ciudad de La Plata durante la última dictadura cívico-militar: la Brigada de
Investigaciones, las comisarías 5° y 8°, los cuerpos de Caballería e Infantería
de la Policía bonaerense y los talleres de Radio Provincia de Buenos Aires,
conocidos como “La Cacha”. También en este esquema se denuncia lo que Crous
denomina el circuito “morgue policial-cementerio municipal platense”, empleado
según señala “como un mecanismo enderezado, básicamente, a encubrir los
homicidios de los detenidos-desaparecidos, a través de su incorporación al marco
de la ‘legalidad’ entonces vigente”.
La denuncia fue realizada sobre la base de lo relatado por 19 familiares y
víctimas en el Juicio por la Verdad, por inspecciones oculares realizadas por
los jueces en aquellos centros y por documentos de carácter "reservado" que
obran en poder del tribunal.
"Una de las características más notorias del diseño del sistema de desaparición
forzada de personas ideado por la dictadura militar para esta ciudad consiste en
la gran cantidad de CCD montados a tales fines, cada uno con un rol particular
en el plan criminal, tanto como el hecho de que las víctimas, como regla
general, rotaban por los distintos lugares de detención, conformándose así
diversos circuitos de traslado y alojamiento de detenidos ilegales, que se
repiten en los distintos casos puntuales", señala el dictamen fiscal. Y agrega
que "se repite en distintos CCD la presencia de algunos represores".
Todos estos centros, advierte Crous, estaban bajo el comando militar del Área
Operacional 113, a la que estaba subordinada la Policía de la provincia y en
donde también actuaban grupos de tareas conformados por personal de distintas
fuerzas de seguridad, armadas y civiles.
La denuncia indica que dentro del sistema represivo "la Brigada de
Investigaciones de La Plata funcionó como centro de ingreso de los
detenidos-desaparecidos al circuito clandestino, y de distribución de los mismos
hacia otros centros de detención y tortura".
Menciona entre estos últimos a los centros clandestinos que funcionaron en la
localidad de Arana —"destinados a la práctica de interrogatorios mediante la
aplicación tormentos, a la eliminación física de prisioneros ilegales y a la
incineración, y al parecer el entierro de los restos en fosas comunes"—, pero no
abunda sobre ellos porque también ayer Crous presentó otra denuncia, con pedidos
de detención e indagatoria, y con un análisis y descripción sobre la operatoria
de esos centros, de la que se informará por separado.
El dictamen tampoco se detiene en la comisaría 5º, por la que ya hay una causa
penal abierta en primera instancia, luego de la presentación realizada por Crous
el 23 de diciembre pasado en el Juzgado Federal Nº3, cuyo titular es Arnaldo
Hugo Corazza.
Según Crous, los centros clandestinos de La Plata funcionaron como "depósito" de
detenidos y, en la mayoría de las veces, como "lugares de tortura" pero no de
ejecución. De todas maneras, advierte, hubo asesinatos.
El fiscal atribuye las responsabilidades a los jefes y subjefes de la Zona, Sub
Zona y Área de Seguridad correspondiente a los CCD, quienes “deben responder por
los hechos cometidos en esos sitios durante el período de su comandancia, como
máximas autoridades de aparato represivo”. En este sentido, brinda una larga
lista de policías y militares con poder de mando, aportada por la Asociación de
Ex Detenidos Desaparecidos..
Con todos ellos, sugiere que se detenga e indague —además de los identificados
en cada centro clandestino de detención— a los siguientes represores: Carlos
Guillermo Suárez Mason, Jorge Olivera Revere, Héctor Gamen, Jorge Ernesto
Álvarez, Juan Baustista Sasiaiñ, Guillermo Ernesto Trotz, Reinaldo Tabernero,
Rodolfo Aníbal Campos y Rodolfo González Conti.
En cuanto a los represores no identificados en la denuncia, Crous sostiene que
“es difícil establecer identidades para dirigir la imputación en calidad de
ejecutor, puesto que su acción se enmarcaba en la norma de la clandestinidad de
la represión que exigía el anonimato en resguardo de la identidad de los
agentes. Estos interrogantes son los que debe responder una investigación penal
seria y eficaz. Esta que se inicia debe serlo”.
El funcionamiento del circuito
Con esta denuncia, Crous explica el funcionamiento de la represión ilegal
llevada a cabo por la dictadura en la ciudad de La Plata.
"Puede decirse que en términos generales tanto la Brigada de Investigaciones
como la dependencia policial de calle 1 y 60 (Caballería e Infantería) sirvieron
como sitio de primera detención; la Comisaría 5ta. era un centro de 'depósito'
en los que los prisioneros permanecían durante el tiempo intermedio entre su
detención y su traslado a centros de tortura –generalmente Arana-, o en el lapso
comprendido entre el regreso de éstos y el traslado a otros lugares, como las
Brigadas (‘pozos’) de Quilmes o de Banfield, por ejemplo", señala el dictamen.
La cadena sigue con los centros de Arana, que en algunos casos "fueron el primer
destino de los secuestrados", aunque "en general (los detenidos llevados ahí)
provenían de otros sitios, principalmente la Comisaría 5° y la Brigada de
Investigaciones. Hubo casos en los cuales los secuestrados eran llevados a
alguno de esos centros más de una vez, permaneciendo el tiempo intermedio en los
centros de alojamiento (Comisaría 5°, en la mayoría de los casos)".
También indica que "'La Cacha' fue el primer y único lugar de detención, a veces
con permanencias por tiempos muy prolongados, de varias de las personas
secuestradas que han testimoniado ante la Cámara Federal. Asimismo, muchos
recuperaron su libertad desde dicho centro de clandestino".
"La Comisaría 8º —completa Crous— fue, al parecer, el último eslabón en la
cadena de centros clandestinos, previo a la legalización de los prisioneros, a
su desaparición definitiva o al asesinato".
La Brigada
De la investigación de la Cámara Federal en el Juicio por la Verdad, señala el
dictamen fiscal, se desprende que la Brigada de Investigaciones de La Plata fue
un "centro de ingreso, admisión, concentración temporaria y distribución hacia
otros centros de detención y tortura, de los prisioneros clandestinos".
Era el sitio "en el que se practicaban los primeros interrogatorios mediante
torturas y se obtenían los primeros datos relacionados con la persona
secuestrada, e información de interés para los captores". Y, asimismo, "fue el
centro de operaciones de, por lo menos, uno de los 'grupos de tareas' que
actuaron en el secuestro de personas en esta ciudad".
La Brigada tuvo su mayor participación en el terrorismo de Estado durante 1977,
mientras estuvo al mando del comisario Rubén Oscar Páez. El grupo de tareas que
operaba allí estaba a cargo del fallecido comisario Héctor Luis Vides (a) "el
lobo", segundo jefe de la dependencia.
"La casi totalidad de los secuestros fueron practicados en la noche, lo que
coincide con lo relatado con los liberados acerca de que el mayor movimiento de
ingreso y egreso de personas era nocturno", advierte Crous.
"Los detenidos ilegales eran ingresados al interior del edificio de la Brigada
con sus cabezas tapadas y sus manos atadas por la espalda, y una vez allí eran
depositados en celdas, en pasillos o en alguno de los dos patios del CCD, donde
quedaban hasta el primer interrogatorio", completa.
"Los interrogatorios eran realizados mediante la aplicación de tormentos y
tendían a extraer de la víctima los primeros datos relacionados con su actividad
política o bien de alguna otra persona supuestamente conocida por ella",
describe.
Crous asimismo repara en que "en algunas oportunidades los 'grupos de tareas'
obligaban a las víctimas, al momento de ser secuestradas, a llevar consigo el
documento de identidad, que era retenido en la Brigada y a veces devuelto al
momento de la liberación, en el caso de que esta se produjera desde esa propia
dependencia. Lo mismo sucedía, en ocasiones, con algunas de las pertenencias del
secuestrado".
Además, agrega que "en la Brigada se utilizaba un sistema informal de listas de
detenidos ilegales, que era manejado por los encargados de su vigilancia, el que
era reemplazado con cada cambio de guardia en la medida que hubiera
modificaciones en la situación de la población de prisioneros".
La Brigada fue escenario de una "experiencia piloto", dice Crous: "Varios ex
desaparecidos han mencionado la presencia de un grupo de siete detenidos
ilegales que prestaba colaboración a los represores a cambio de una especie de
indemnidad personal; mejores condiciones de detención; la posibilidad de obtener
salidas transitorias y visitas familiares y una promesa de futura libertad".
Esos detenidos eran, según la investigación de la Cámara Federal, Domingo Héctor
Moncalvillo, María Magdalena Mainer, Pablo Joaquín Mainer, Cecilia Luján Idiart,
María del Carmen Morettini, Nilda Susana Salomone y Liliana Galarza. Todos están
desaparecidos.
El fiscal sostiene que deben ser imputados los siguientes personajes,
pertenecientes a la Policía bonaerense: el comisario Rubén Oscar Páez, el
oficial Mario Mijín —segundo jefe de la Departamental de Lomas de Zamora el día
que la Policía asesinó a Darío Santillán y Maximiliano Kosteki—, Mario Oscar
Tocho, el ex médico policial Jorge Antonio Bergés, el subcomisario Eros Amilcar
Tarella, Valentín Pretti y Norberto Cosani, el cura Christian Von Wernich —"de
presencia habitual" en la Brigada— y el ex director general de Investigaciones,
Miguel Osvaldo Etchecolatz, por su responsabilidad jerárquica en el
funcionamiento de la dependencia..
Crous señala que "la Brigada era muy pequeña, pues había sido con anterioridad
una residencia familiar, razón por la cual nadie que prestara funciones allí
podía ignorar lo que sucedía" y sostiene que está acreditada "la participación
de personal policial en la aplicación de tormentos, (y que) está demostrado que
también vigilaban a los detenidos clandestinos, intervenían en su secuestro y
también en su traslado a otros campos de concentración y tortura".
Caballería e Infantería
El centro clandestino que funcionó desde los primeros días de la dictadura en
los cuerpos de Infantería y Caballería de la Policía bonaerense —ubicados en la
intersección de las calles 1 y 60— estuvo a cargo de fuerzas conjuntas. "Puede
colegirse que su rol dentro del esquema represivo fue el de depósito de
detenidos ilegales, -en algunos casos sólo en tránsito hacia otros sitios- a la
vez que centro de torturas", sostiene Crous.
Los prisioneros "permanecían en una especie de barraca militar —una o más— o
grandes galpones, con sus ojos vendados, acostados en camas y esposados a
ellas", describe, y cita testimonios de sobrevivientes que dicen haber visto, en
distintos momentos, entre 80 y 200 personas, algunas de ellas mujeres
embarazadas.
Las instalaciones policiales también eran sedes de uno o más grupos de tareas.
En este sentido, Crous recuerda el testimonio del ex policía Leopoldo Campano,
"quien reveló al tribunal que el 23 de marzo de 1976 hubo una convocatoria a la
dependencia de 1 y 60, dirigida a empleados de policía, en especial a aquellos
que poseían automóviles, a los fines de conformar los 'grupos de tareas'
encargados del secuestro de personas".
Entre los responsables del centro clandestino figuran solo dos nombres
completos. A partir del testimonio de víctimas, el fiscal pudo reconstruir la
siguiente nómina: un mayor del Ejército de apellido Pacheco, un teniente primero
Gómez Miguens, un capitán o coronel Del Río, un sargento del Ejército de
apellido Avellaneda, un comisario Alí, un policía Caputo que sería subjefe del
lugar, el comisario Luis Héctor Vides (fallecido), y el policía Baltasar
Barrera.
Una particularidad que no se dio en ningún otro centro de detención es la
entrega a los liberados de certificados que acreditaban que no se encontraban
involucrados en "actividades ilegales". Esos documentos eran firmados por las
autoridades policiales de la dependencia.
"La Cacha"
El centro clandestino "La Cacha" funcionó en los talleres de la Radio Provincia
de Buenos Aires, en la localidad de Lisandro Olmos. "Fue un campo de
concentración y tortura que, más allá de estar incorporado al circuito represivo
de La Plata, no tenía el grado de conexión que se advierte entre los otros
centros de detención de la zona", indica Crous.
Este centro resultó ser, en varios casos, el único lugar de detención de las
personas secuestradas y se caracterizó por los largos tiempos de permanencia en
él que tenían que padecer las víctimas. "Otro de los rasgos que caracteriza a
este centro es que en él actuó personal perteneciente a casi todas las fuerzas
de seguridad. En efecto, de acuerdo con casi todos los testimonios de los
liberados, éstos pudieron notar la presencia de personal del Ejército, la
Armada, la Policía Federal y de la provincia de Buenos Aires, del Servicio
Penitenciario bonaerense y del Servicio de Inteligencia del Estado", destaca el
fiscal.
En "La Cacha", los detenidos "permanecían sobre colchonetas extendidas en el
suelo, tabicados y amarrados por medio de grilletes" y la comida era
suministrada "en cacharros con el símbolo del Ejército Argentino o bien del
Regimiento 7 de Infantería".
Sobre los represores del centro clandestino hay muy poca información. De la
reconstrucción que hizo el fiscal surgen varios apodos como "el oso" —quien
podría tener el apellido Cuneo—, "el francés" —podría ser el coronel del
Ejército Raúl Fierro o el fallecido ex comisario Jorge Nogara—, "el griego", "el
amarillo", "el Gallego", "Jota", "Mostaza", "Palito", "Pituto", "Pollo", "Mister
X", "los carlitos" —guardias pertenecientes a la Armada—, "el salteño", y el
"padre Manolete". Y sólo dos nombres: Miguel Etchecolatz y el policía Osvaldo
Lara.
Comisaría 8º
"En muchos casos, la Comisaría 8º sirvió como paso previo a la 'legalización' o
'blanqueo' de los detenidos clandestinos que, a partir de ese momento, pasaban a
disposición del Poder Ejecutivo Nacional (PEN), siendo remitidos, la mayoría de
las veces, a distintas unidades penitenciarias de la provincia o de la Capital
Federal", señala el dictamen.
En la comisaría 8º de La Plata los detenidos eran registrados en el libro de
detenidos "a disposición del Área Operacional 113". Esa pieza, asimismo,
contenía asentamientos falsos, como libertades que nunca se hicieron efectivas.
La seccional alojaba por entonces a tres clases de detenidos: los clandestinos,
los que estaban a disposición del PEN y los que estaban apunto de ser
"blanqueados" a disposición de la Junta Militar. A estos últimos, dice Crous,
"se les permitía quitarse las vendas de los ojos, y eran aseados por el personal
de la dependencia para borrar los rastros que dejaban en sus cuerpos las
degradantes condiciones de detención clandestina que sufrían".
En tanto, quienes estaban a disposición del PEN "eran tratados como cualquier
otro detenido en condiciones legales, correctamente alimentados y podían ser
visitados por sus familias".
Por su parte, los clandestinos "eran vigilados, aparentemente, por militares y
personal vestido de civil ajeno a la dependencia policial", si bien hay
testimonios que también mencionan a los policías, asegura el dictamen.
Entre los responsables identificados del centro clandestino, Crous menciona al
comisario Rubén Rodolfo Sabich, a los policías Darío Inchausti y Francisco Jasa
—los tres declararon en el Juicio por la Verdad—y al capitán Amuchástegui, jefe
de Operaciones del Regimiento 7.
La invalidez de las leyes
Al igual que en anteriores presentaciones, el fiscal Félix Crous solicitó al
juez de turno que para llevar a cabo la investigación declare la
inconstitucionalidad e invalidez de las leyes de Punto Final y Obediencia
Debida.
Esta vez Crous repitió en los argumentos el dictamen sobre esas normas que
elaboró el Procurador General ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
Nicolás Becerra.
Allí Becerra hace un análisis de los sucesos por los que atraviesa el país y
exhorta a recuperar la legalidad. Sostiene que “ampliar los horizontes mentales
es un deber inexcusable para quienes ejercemos una autoridad pública. Y esa
conversión implica que, aun entre los escombros de las catástrofes humanas,
podemos descubrir una singular oportunidad de cambio. La actuación de las
instituciones públicas que implique el avasallamiento de los derechos
fundamentales de las personas y del orden institucional son una señal, un signo,
del peligro de disolución social y constituyen una violación del Estado de
Derecho.”
Más adelante, el jefe de los fiscales indica que “puesto ante la decisión de
precisar los alcances de la obligación de investigar y sancionar a los
responsables de graves violaciones de los derechos humanos y del derecho a la
justicia, creo que el compromiso estatal no puede agotarse, como regla de
principio, en la investigación de la verdad, sino que debe proyectarse, cuando
ello es posible, a la sanción de sus responsables”.
Y, luego, asevera: “Pienso, además, que la reconstrucción del Estado nacional,
que hoy se reclama, debe partir necesariamente de la búsqueda de la verdad, de
la persecución del valor justicia y de brindar una respuesta institucional seria
a aquellos que han sufrido el avasallamiento de sus derechos a través de una
práctica estatal perversa y reclaman una decisión imparcial que reconozca que su
dignidad ha sido violada”.
Página Inicial del Juicio por la Verdad
|