Jueves 27 de Marzo de 2003

Informe de Prensa de la APDH La Plata - Juicio por la Verdad

 

 

Crous denuncia el circuito de ccd de La Plata y pide capturas
El dictamen explica el funcionamiento de la represión ilegal en La Plata. Describe la operatoria de distintas dependencias estatales en el marco del terrorismo de Estado. Pide la invalidez e inconstitucionalidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida.


Por Lucas Miguel (Secretaría de Prensa) 

 

LA PLATA (27mar03).- El fiscal federal en lo criminal y correccional, Félix Crous, denunció el circuito clandestino de centros de detención de la ciudad de La Plata y pidió las capturas e indagatorias de los implicados en su funcionamiento, para lo cual solicitó la declaración de “invalidez e inconstitucionalidad” de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida.

La denuncia, un nuevo desprendimiento de la prueba recabada en el Juicio por la Verdad que tramita ante la Cámara Federal, fue presentada ayer en el Juzgado Federal N°1 de esta ciudad, a cargo de Humberto Manuel Blanco.

El dictamen fiscal hace un pormenorizado relato del funcionamiento y articulación de los centros clandestinos de detención (CCD) que funcionaron en la ciudad de La Plata durante la última dictadura cívico-militar: la Brigada de Investigaciones, las comisarías 5° y 8°, los cuerpos de Caballería e Infantería de la Policía bonaerense y los talleres de Radio Provincia de Buenos Aires, conocidos como “La Cacha”. También en este esquema se denuncia lo que Crous denomina el circuito “morgue policial-cementerio municipal platense”, empleado según señala “como un mecanismo enderezado, básicamente, a encubrir los homicidios de los detenidos-desaparecidos, a través de su incorporación al marco de la ‘legalidad’ entonces vigente”.

La denuncia fue realizada sobre la base de lo relatado por 19 familiares y víctimas en el Juicio por la Verdad, por inspecciones oculares realizadas por los jueces en aquellos centros y por documentos de carácter "reservado" que obran en poder del tribunal.

"Una de las características más notorias del diseño del sistema de desaparición forzada de personas ideado por la dictadura militar para esta ciudad consiste en la gran cantidad de CCD montados a tales fines, cada uno con un rol particular en el plan criminal, tanto como el hecho de que las víctimas, como regla general, rotaban por los distintos lugares de detención, conformándose así diversos circuitos de traslado y alojamiento de detenidos ilegales, que se repiten en los distintos casos puntuales", señala el dictamen fiscal. Y agrega que "se repite en distintos CCD la presencia de algunos represores".

Todos estos centros, advierte Crous, estaban bajo el comando militar del Área Operacional 113, a la que estaba subordinada la Policía de la provincia y en donde también actuaban grupos de tareas conformados por personal de distintas fuerzas de seguridad, armadas y civiles.

La denuncia indica que dentro del sistema represivo "la Brigada de Investigaciones de La Plata funcionó como centro de ingreso de los detenidos-desaparecidos al circuito clandestino, y de distribución de los mismos hacia otros centros de detención y tortura".

Menciona entre estos últimos a los centros clandestinos que funcionaron en la localidad de Arana —"destinados a la práctica de interrogatorios mediante la aplicación tormentos, a la eliminación física de prisioneros ilegales y a la incineración, y al parecer el entierro de los restos en fosas comunes"—, pero no abunda sobre ellos porque también ayer Crous presentó otra denuncia, con pedidos de detención e indagatoria, y con un análisis y descripción sobre la operatoria de esos centros, de la que se informará por separado.

El dictamen tampoco se detiene en la comisaría 5º, por la que ya hay una causa penal abierta en primera instancia, luego de la presentación realizada por Crous el 23 de diciembre pasado en el Juzgado Federal Nº3, cuyo titular es Arnaldo Hugo Corazza.

Según Crous, los centros clandestinos de La Plata funcionaron como "depósito" de detenidos y, en la mayoría de las veces, como "lugares de tortura" pero no de ejecución. De todas maneras, advierte, hubo asesinatos.

El fiscal atribuye las responsabilidades a los jefes y subjefes de la Zona, Sub Zona y Área de Seguridad correspondiente a los CCD, quienes “deben responder por los hechos cometidos en esos sitios durante el período de su comandancia, como máximas autoridades de aparato represivo”. En este sentido, brinda una larga lista de policías y militares con poder de mando, aportada por la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos..

Con todos ellos, sugiere que se detenga e indague —además de los identificados en cada centro clandestino de detención— a los siguientes represores: Carlos Guillermo Suárez Mason, Jorge Olivera Revere, Héctor Gamen, Jorge Ernesto Álvarez, Juan Baustista Sasiaiñ, Guillermo Ernesto Trotz, Reinaldo Tabernero, Rodolfo Aníbal Campos y Rodolfo González Conti.
En cuanto a los represores no identificados en la denuncia, Crous sostiene que “es difícil establecer identidades para dirigir la imputación en calidad de ejecutor, puesto que su acción se enmarcaba en la norma de la clandestinidad de la represión que exigía el anonimato en resguardo de la identidad de los agentes. Estos interrogantes son los que debe responder una investigación penal seria y eficaz. Esta que se inicia debe serlo”.



El funcionamiento del circuito

Con esta denuncia, Crous explica el funcionamiento de la represión ilegal llevada a cabo por la dictadura en la ciudad de La Plata.

"Puede decirse que en términos generales tanto la Brigada de Investigaciones como la dependencia policial de calle 1 y 60 (Caballería e Infantería) sirvieron como sitio de primera detención; la Comisaría 5ta. era un centro de 'depósito' en los que los prisioneros permanecían durante el tiempo intermedio entre su detención y su traslado a centros de tortura –generalmente Arana-, o en el lapso comprendido entre el regreso de éstos y el traslado a otros lugares, como las Brigadas (‘pozos’) de Quilmes o de Banfield, por ejemplo", señala el dictamen.

La cadena sigue con los centros de Arana, que en algunos casos "fueron el primer destino de los secuestrados", aunque "en general (los detenidos llevados ahí) provenían de otros sitios, principalmente la Comisaría 5° y la Brigada de Investigaciones. Hubo casos en los cuales los secuestrados eran llevados a alguno de esos centros más de una vez, permaneciendo el tiempo intermedio en los centros de alojamiento (Comisaría 5°, en la mayoría de los casos)".

También indica que "'La Cacha' fue el primer y único lugar de detención, a veces con permanencias por tiempos muy prolongados, de varias de las personas secuestradas que han testimoniado ante la Cámara Federal. Asimismo, muchos recuperaron su libertad desde dicho centro de clandestino".

"La Comisaría 8º —completa Crous— fue, al parecer, el último eslabón en la cadena de centros clandestinos, previo a la legalización de los prisioneros, a su desaparición definitiva o al asesinato".



La Brigada

De la investigación de la Cámara Federal en el Juicio por la Verdad, señala el dictamen fiscal, se desprende que la Brigada de Investigaciones de La Plata fue un "centro de ingreso, admisión, concentración temporaria y distribución hacia otros centros de detención y tortura, de los prisioneros clandestinos".

Era el sitio "en el que se practicaban los primeros interrogatorios mediante torturas y se obtenían los primeros datos relacionados con la persona secuestrada, e información de interés para los captores". Y, asimismo, "fue el centro de operaciones de, por lo menos, uno de los 'grupos de tareas' que actuaron en el secuestro de personas en esta ciudad".

La Brigada tuvo su mayor participación en el terrorismo de Estado durante 1977, mientras estuvo al mando del comisario Rubén Oscar Páez. El grupo de tareas que operaba allí estaba a cargo del fallecido comisario Héctor Luis Vides (a) "el lobo", segundo jefe de la dependencia.

"La casi totalidad de los secuestros fueron practicados en la noche, lo que coincide con lo relatado con los liberados acerca de que el mayor movimiento de ingreso y egreso de personas era nocturno", advierte Crous.

"Los detenidos ilegales eran ingresados al interior del edificio de la Brigada con sus cabezas tapadas y sus manos atadas por la espalda, y una vez allí eran depositados en celdas, en pasillos o en alguno de los dos patios del CCD, donde quedaban hasta el primer interrogatorio", completa.

"Los interrogatorios eran realizados mediante la aplicación de tormentos y tendían a extraer de la víctima los primeros datos relacionados con su actividad política o bien de alguna otra persona supuestamente conocida por ella", describe.

Crous asimismo repara en que "en algunas oportunidades los 'grupos de tareas' obligaban a las víctimas, al momento de ser secuestradas, a llevar consigo el documento de identidad, que era retenido en la Brigada y a veces devuelto al momento de la liberación, en el caso de que esta se produjera desde esa propia dependencia. Lo mismo sucedía, en ocasiones, con algunas de las pertenencias del secuestrado".

Además, agrega que "en la Brigada se utilizaba un sistema informal de listas de detenidos ilegales, que era manejado por los encargados de su vigilancia, el que era reemplazado con cada cambio de guardia en la medida que hubiera modificaciones en la situación de la población de prisioneros".

La Brigada fue escenario de una "experiencia piloto", dice Crous: "Varios ex desaparecidos han mencionado la presencia de un grupo de siete detenidos ilegales que prestaba colaboración a los represores a cambio de una especie de indemnidad personal; mejores condiciones de detención; la posibilidad de obtener salidas transitorias y visitas familiares y una promesa de futura libertad". Esos detenidos eran, según la investigación de la Cámara Federal, Domingo Héctor Moncalvillo, María Magdalena Mainer, Pablo Joaquín Mainer, Cecilia Luján Idiart, María del Carmen Morettini, Nilda Susana Salomone y Liliana Galarza. Todos están desaparecidos.

El fiscal sostiene que deben ser imputados los siguientes personajes, pertenecientes a la Policía bonaerense: el comisario Rubén Oscar Páez, el oficial Mario Mijín —segundo jefe de la Departamental de Lomas de Zamora el día que la Policía asesinó a Darío Santillán y Maximiliano Kosteki—, Mario Oscar Tocho, el ex médico policial Jorge Antonio Bergés, el subcomisario Eros Amilcar Tarella, Valentín Pretti y Norberto Cosani, el cura Christian Von Wernich —"de presencia habitual" en la Brigada— y el ex director general de Investigaciones, Miguel Osvaldo Etchecolatz, por su responsabilidad jerárquica en el funcionamiento de la dependencia..

Crous señala que "la Brigada era muy pequeña, pues había sido con anterioridad una residencia familiar, razón por la cual nadie que prestara funciones allí podía ignorar lo que sucedía" y sostiene que está acreditada "la participación de personal policial en la aplicación de tormentos, (y que) está demostrado que también vigilaban a los detenidos clandestinos, intervenían en su secuestro y también en su traslado a otros campos de concentración y tortura".



Caballería e Infantería

El centro clandestino que funcionó desde los primeros días de la dictadura en los cuerpos de Infantería y Caballería de la Policía bonaerense —ubicados en la intersección de las calles 1 y 60— estuvo a cargo de fuerzas conjuntas. "Puede colegirse que su rol dentro del esquema represivo fue el de depósito de detenidos ilegales, -en algunos casos sólo en tránsito hacia otros sitios- a la vez que centro de torturas", sostiene Crous.

Los prisioneros "permanecían en una especie de barraca militar —una o más— o grandes galpones, con sus ojos vendados, acostados en camas y esposados a ellas", describe, y cita testimonios de sobrevivientes que dicen haber visto, en distintos momentos, entre 80 y 200 personas, algunas de ellas mujeres embarazadas.

Las instalaciones policiales también eran sedes de uno o más grupos de tareas. En este sentido, Crous recuerda el testimonio del ex policía Leopoldo Campano, "quien reveló al tribunal que el 23 de marzo de 1976 hubo una convocatoria a la dependencia de 1 y 60, dirigida a empleados de policía, en especial a aquellos que poseían automóviles, a los fines de conformar los 'grupos de tareas' encargados del secuestro de personas".

Entre los responsables del centro clandestino figuran solo dos nombres completos. A partir del testimonio de víctimas, el fiscal pudo reconstruir la siguiente nómina: un mayor del Ejército de apellido Pacheco, un teniente primero Gómez Miguens, un capitán o coronel Del Río, un sargento del Ejército de apellido Avellaneda, un comisario Alí, un policía Caputo que sería subjefe del lugar, el comisario Luis Héctor Vides (fallecido), y el policía Baltasar Barrera.

Una particularidad que no se dio en ningún otro centro de detención es la entrega a los liberados de certificados que acreditaban que no se encontraban involucrados en "actividades ilegales". Esos documentos eran firmados por las autoridades policiales de la dependencia.



"La Cacha"

El centro clandestino "La Cacha" funcionó en los talleres de la Radio Provincia de Buenos Aires, en la localidad de Lisandro Olmos. "Fue un campo de concentración y tortura que, más allá de estar incorporado al circuito represivo de La Plata, no tenía el grado de conexión que se advierte entre los otros centros de detención de la zona", indica Crous.

Este centro resultó ser, en varios casos, el único lugar de detención de las personas secuestradas y se caracterizó por los largos tiempos de permanencia en él que tenían que padecer las víctimas. "Otro de los rasgos que caracteriza a este centro es que en él actuó personal perteneciente a casi todas las fuerzas de seguridad. En efecto, de acuerdo con casi todos los testimonios de los liberados, éstos pudieron notar la presencia de personal del Ejército, la Armada, la Policía Federal y de la provincia de Buenos Aires, del Servicio Penitenciario bonaerense y del Servicio de Inteligencia del Estado", destaca el fiscal.

En "La Cacha", los detenidos "permanecían sobre colchonetas extendidas en el suelo, tabicados y amarrados por medio de grilletes" y la comida era suministrada "en cacharros con el símbolo del Ejército Argentino o bien del Regimiento 7 de Infantería".

Sobre los represores del centro clandestino hay muy poca información. De la reconstrucción que hizo el fiscal surgen varios apodos como "el oso" —quien podría tener el apellido Cuneo—, "el francés" —podría ser el coronel del Ejército Raúl Fierro o el fallecido ex comisario Jorge Nogara—, "el griego", "el amarillo", "el Gallego", "Jota", "Mostaza", "Palito", "Pituto", "Pollo", "Mister X", "los carlitos" —guardias pertenecientes a la Armada—, "el salteño", y el "padre Manolete". Y sólo dos nombres: Miguel Etchecolatz y el policía Osvaldo Lara.



Comisaría 8º

"En muchos casos, la Comisaría 8º sirvió como paso previo a la 'legalización' o 'blanqueo' de los detenidos clandestinos que, a partir de ese momento, pasaban a disposición del Poder Ejecutivo Nacional (PEN), siendo remitidos, la mayoría de las veces, a distintas unidades penitenciarias de la provincia o de la Capital Federal", señala el dictamen.

En la comisaría 8º de La Plata los detenidos eran registrados en el libro de detenidos "a disposición del Área Operacional 113". Esa pieza, asimismo, contenía asentamientos falsos, como libertades que nunca se hicieron efectivas.

La seccional alojaba por entonces a tres clases de detenidos: los clandestinos, los que estaban a disposición del PEN y los que estaban apunto de ser "blanqueados" a disposición de la Junta Militar. A estos últimos, dice Crous, "se les permitía quitarse las vendas de los ojos, y eran aseados por el personal de la dependencia para borrar los rastros que dejaban en sus cuerpos las degradantes condiciones de detención clandestina que sufrían".

En tanto, quienes estaban a disposición del PEN "eran tratados como cualquier otro detenido en condiciones legales, correctamente alimentados y podían ser visitados por sus familias".

Por su parte, los clandestinos "eran vigilados, aparentemente, por militares y personal vestido de civil ajeno a la dependencia policial", si bien hay testimonios que también mencionan a los policías, asegura el dictamen.

Entre los responsables identificados del centro clandestino, Crous menciona al comisario Rubén Rodolfo Sabich, a los policías Darío Inchausti y Francisco Jasa —los tres declararon en el Juicio por la Verdad—y al capitán Amuchástegui, jefe de Operaciones del Regimiento 7.



La invalidez de las leyes

Al igual que en anteriores presentaciones, el fiscal Félix Crous solicitó al juez de turno que para llevar a cabo la investigación declare la inconstitucionalidad e invalidez de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida.

Esta vez Crous repitió en los argumentos el dictamen sobre esas normas que elaboró el Procurador General ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Nicolás Becerra.

Allí Becerra hace un análisis de los sucesos por los que atraviesa el país y exhorta a recuperar la legalidad. Sostiene que “ampliar los horizontes mentales es un deber inexcusable para quienes ejercemos una autoridad pública. Y esa conversión implica que, aun entre los escombros de las catástrofes humanas, podemos descubrir una singular oportunidad de cambio. La actuación de las instituciones públicas que implique el avasallamiento de los derechos fundamentales de las personas y del orden institucional son una señal, un signo, del peligro de disolución social y constituyen una violación del Estado de Derecho.”

Más adelante, el jefe de los fiscales indica que “puesto ante la decisión de precisar los alcances de la obligación de investigar y sancionar a los responsables de graves violaciones de los derechos humanos y del derecho a la justicia, creo que el compromiso estatal no puede agotarse, como regla de principio, en la investigación de la verdad, sino que debe proyectarse, cuando ello es posible, a la sanción de sus responsables”.

Y, luego, asevera: “Pienso, además, que la reconstrucción del Estado nacional, que hoy se reclama, debe partir necesariamente de la búsqueda de la verdad, de la persecución del valor justicia y de brindar una respuesta institucional seria a aquellos que han sufrido el avasallamiento de sus derechos a través de una práctica estatal perversa y reclaman una decisión imparcial que reconozca que su dignidad ha sido violada”.

 


  

 

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