Acta 14 de Mayo de 2001

Juicio por la Verdad, Mar del Plata


  

En la ciudad de Mar del Plata a los catorce días del mes de mayo de dos mil uno, siendo las 12 hs., fecha fijada para la presente; se constituyen en la sala de audiencias del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata sus integrantes Dres. Mario Alberto Portela, Roberto Atilio Falcone y Néstor Rubén Parra, juntamente con el Sr. Secretario, Dr. Facundo Luis Capparelli. Acto seguido el Roberto Atilio Falcone, quien presidirá la audiencia, solicita al Sr. Secretario que informe acerca de la presencia de las partes. Seguidamente el Dr. Capparelli certifica que se encuentran presentes el Sr. Fiscal General, Dr. García Berro, como asimismo los representantes legales del Colegio de Abogados de Mar del Plata, Consejo Escolar de General Pueyrredón; Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (Mar del Plata) APDH; Madres, Familiares y Abuelas de Detenidos y Desaparecidos; Asociación Abuelas de Plaza de Mayo MdP; Argañaraz de Fresneda María de las Mercedes y Dr. Fresneda Tomás; Dr. Arestín Salvador Manuel; Dr. Alais Raúl Hugo; Dr. Candeloro Jorge Roberto; Dr. Centeno Norberto Oscar; Renzi Lidia Elena y Vacca Nora Inés; Iorio Liliana Inés; Lazzeri Patricia Emilia, Retegui Liliana Beatriz Ramona; Garaguso Delia Elena y Roldán Tristán; Bourg Juan Raúl y Rodríguez de Bourg Alicia Isabel; los Dres. Irineo Di Matteo, Centeno, Murgier, Sciocia, Caseaux, Nudelman y Battaglia. Seguidamente, el Sr. Presidente, convoca a prestar declaración testimonial al Dr. Luis Rafaghelli, quien previo juramento de ley manifiesta que: ratifica la declaración prestada ante la CONADEP como asimismo el acta de inspección de los lugares de detención clandestina de esta ciudad realizada por dicha comisión. Que fue detenido en su estudio en la ciudad de Necochea el día 20 de abril de 1976 a las 17 horas por un grupo de entre ocho y diez personas vestidas de civil entre quienes se encontraba el Cabo Adrián Arguello y el Sub Comisario Mario Larrea, ambos de la Policía de la Provincia de Bs. As.. Que en dicho procedimiento el primero de los nombrados le puso una 45 en la cabeza. Que fue atado con alambre y encapuchado y sometido a una golpiza salvaje durante treinta minutos, que luego fue llevado a la Comisaría de Necochea. Que el Sub Comisario Larrea al momento del procedimiento le dijo "guardá silencio, respondemos a órdenes del Ejército". Que cuando llegó a la Comisaría en el patio había una persona de alto rango militar, presume que era el Coronel Cornejo, en ese lugar también fue sometido a golpiza. Que lo interrogaban torpemente en relación a su actividad como abogado laboralista, le preguntaban "quienes son los zurdos, donde están las armas". Que le prometían "si decís algo te vas en libertad, sino te vas a Sierra Chica". Que le sustrajeron el llavero que tenía y allanaron su casa particular, la de sus padres y el estudio. Que en uno de esos procedimientos encerraron en el baño a sus hijos de dos y cuatro años. Que a las veintitrés horas lo trasladaron a Mar del Plata, junto a su hermana en condición de rehén, la que también había sido llevada de su estudio. Que estima que su detención tuvo que ver con su actividad profesional, porque no hacía política, y había intervenido en tres conflictos importantes de la ciudad de Necochea, uno de ellos contra el astillero Vanoli. Que llegó a Mar del Plata en una condición deplorable y fue alojado en un buzón de la comisaria cuarta donde estuvo treinta y siete días incomunicado. Que en ésta dependencia policial estuvo también con Amílcar González, Gutierrez, Longhi, Aramburu, Del Prado, Starita, Lencinas, y dos chicas de apellido Vallejo y Martínez Teco. Que fue sacado de la Comisaría Cuarta el 26 de abril y el 6 de mayo alrededor de las once o doce de la noche, y fue llevado en un vehículo a una dependencia militar distante a unos quince o veinte minutos de la Cuarta. Que allí fue desnudado, humedecido y sometido a tortura de picana eléctrica, le preguntaban por gente de Mar del Plata que él no conocía; también le preguntaron por el Dr. Centeno respecto de quien tenía un altísimo concepto personal y profesional. Que ante su respuesta en relación al concepto de Centeno fue sometido a una sesión de tortura mucho más dura, mientras le decían "ese zurdo hijo de puta". Que en ese lugar escuchó que cuando hablaban por radio hacían referencia al operativo "tordo". Que cree que su detención se debió a alguna denuncia del sector empresarial. Que estima que esta cuestión es común con el caso del Dr. Centeno. Que el golpe militar tuvo complicidad de los médicos, del Poder Judicial, de empresarios; y que la muerte de Centeno tuvo un mensaje para toda la abogacía en general y para los que ejercían en el ámbito laboral en particular. Que como no daba nombres lo amenazaron con que lo iban a derivar a las "AAA". Que después de treinta y siete días fue derivado a un pabellón con otros detenidos políticos en la Comisaría Cuarta donde eran sometidos a tortura psicológica permanente. Que allí fue visitado por el Comisario Asad, quien se presentó como hombre de inteligencia. Que por ese entonces el Jefe de la policía de la Provincia de Bs. As. era Brinzoni y el Ministro de Gobierno el Dr. James Smart, quien contestó a trámites de amigos suyos respecto de su paradero que él estaba detenido a disposición de autoridades militares; tal como surge del expediente cuya copia hace entrega en éste momento al Tribunal, el que previa certificación por Secretaría se incorpora a estas actuaciones. Que su padre interpuso habeas corpus redactado por abogados que no lo patrocinaban, ni siquiera los llevaban porque hacerlo significaba poner en riesgo su integridad. Que nunca tuvo novedades respecto de este trámite. Que en agosto de 1976 lo sacaron esposado junto con el Dr. León Funes y fue llevado a el GADA 601 y atendido por Barda, quien le anunció que sería liberado y le advirtió "que si recibía información de él, lo iban a traer con las patas para adelante, que se cuidara con las juntas, que no hiciera más derecho laboral". Que al advertir la Biblia sobre el escritorio de Barda, el declarante le cuestionó que lo que estaban haciendo las fuerzas Armadas no era acorde con un comportamiento cristiano a lo que Barda respondió "que las Fuerzas Armadas estaban librando una guerra y que todo sospechoso es considerado culpable hasta que fuere investigado". Que no pudo ingresar al Ministerio de Trabajo entre 1976 y 1978. Que su vida hasta 1979 no fue fácil, fue permanentemente seguido por automóviles de la policía. Que no pudo instalar un estudio hasta 1979/1980. Que en 1977 cuando sucedió lo de "la noche de las corbatas" conversó con el Dr. Bernal quien le dijo "mire realmente acá no hay garantías de nada, no sabemos lo que va a pasar". Que la bisagra se produjo con la visita de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Que comenzada la década del ochenta se encontró en la ciudad de La Plata con un amigo de su infancia de la ciudad de Lobería, el Dr. Miguel Angel Nicocia quien hizo el servicio militar en el GADA 601 después de recibido y en la misma época en la que él estaba detenido. Que ésta persona trabajaba en la sección administrativa, tenía a su cargo la redacción de las actas de las altas y bajas de los detenidos políticos. Que esta persona le confirmó que existía "el acta de traslados" que significaban los vuelos de la muerte. Que ésta persona también le dijo que él estuvo en esa planilla. Que por lo tanto existía un procedimiento administrativo en relación a los detenidos y desaparecidos. Que seguidamente el compareciente es interrogado por el Tribunal, el Ministerio Público y los representantes legales de los denunciantes. Que se deja expresa constancia que en Necochea quien con ímpetu realizaba los procedimientos era el Comisario Bicareli, que intervino en el secuestro del Dr. Garamendi y del artista Povi Laitis. Que en la Comisaría Cuarta fue atendido por un médico que le dijo "quedate tranquilo pibe que se te va a pasar", mientras él no podía ni siquiera caminar. Que los empresarios y los militares tenían asesores jurídicos. Que éstos le dijeron a los militares que había que cambiar la ley de contrato de trabajo, esto se evidencia porque el golpe fue el 24 de marzo de 1976 mientras que el 29 de abril del 76 se modificaron ciento veinticinco artículos de la ley de contrato de trabajos. Que concluida la declaración testimonial, siendo las 12.30 horas, el Sr. Presidente, convoca a prestar declaración testimonial al Dr. Rubén Junco, quien previo juramento de ley manifiesta que: el día 7 de julio de 1977 entre las 18:30 y 19 horas recibe un llamado en el Colegio de Abogados por parte de su hermano quien le comunicó que un hecho anormal estaba ocurriendo en el estudio jurídico del Dr. Ricci, donde mucha gente de civil había ingresado armada. Que su hermano tenía el estudio contable en el mismo edificio que el estudio jurídico del Dr. Ricci. Que inmediatamente llamó por teléfono a la Unidad Regional y a la Comisaría Segunda denunciando el hecho y solicitando la concurrencia de policías al lugar. Que luego se dirigió al estudio del Dr. Ricci ubicado en calle Falucho justo se estaban yendo los últimos automóviles. El encargado del edificio le manifestó sucedido y le confirmó que lo habían llevado al Dr. Ricci. Que el Dr. Bernal, presidente del consejo, convocó a una reunión a las 21 horas, que debido a los hechos sobrevinientes se convirtió en una sesión permanente. Que al día siguiente se entrevistaron con el Coronel Barda quien manifestó su desconocimiento y ajeneidad por lo ocurrido. Que ante ello el declarante le manifestó que ante la falta de concurrencia al lugar de la policía parecía que se trataba de una zona liberada. Que ante ello el Coronel Barda se enojó. Que se contactó con el oficial de inteligencia del ejército Osvaldo Salvade, actualmente fallecido, quien le dijo que los secuestros los estaban haciendo los montoneros. Que recibieron en el Colegio de Abogados a un oficial del ejército quien intentó darles explicaciones de la situación de las fuerzas armadas argumentando que no sabían nada respecto de los secuestros. Que en esos momentos ya se estaban recibiendo las denuncias del secuestro de los Dres. Fresneda, Alais, y los restantes víctimas de "las noches de las corbatas". Que el día 8 de julio se produce el secuestro del Dr. Centeno, toman conocimiento por la esposa y la hija. Que ante la gravedad de los hechos las autoridades del Colegio de Abogados de Mar del Plata y de la Federación Argentina de Colegios de Abogados consiguen que se les conceda una entrevista con el Ministro del Interior Albano Harguindeguy. Que el Colegio de Abogados de Mar del Plata lo designa a él para que concurra junto con las autoridades de la F.A.C.A. Que en el interin, apareció el cuerpo del Dr. Centeno, que él junto con el Dr. Scaglioti y el Dr. Bernal, reconocieron el cadáver en la morgue del Cementerio de La Loma. Que el cadáver tenía golpes muy intensos en la nariz, tenía el tabique quebrado, un edema en el pecho producto de los golpes, que tenía marcas en las manos y los pies de grilletes anchos de tres o cuatro centímetros producto de haber estado encadenado, también presentaba picaduras en los tobillos. Que el discurso del Dr. Bernal en el sepelio fue digno y valiente. Que luego concurrió a la entrevista con el Ministro del Interior, que la reunión fue muy violenta, que antes de la entrevista tuvo que denunciar por qué casos pedirían. Que habló por los casos de Alais, Fresneda, Bozzi, Arestín y Bataglia. Que sacaban la calificación de cada uno expresando "maoista, comunista, etc." Que cuando llegó al caso de Candeloro Harguindeguy le manifestó que "no tenían noticia de su paradero", que en ese momento el declarante le entregó una fotocopia de la constancia de la detención de Candeloro por parte de la Policía Federal de Neuquén, manifestándole el declarante que con esa constancia podía averiguar inmediatamente que pasaba. Que Harguindeguy quedó sorprendido y hubo una promesa de mandar a la F.A.C.A. un informe por escrito que nunca llegó. Que al poco tiempo apareció el Dr. Bozzi en el automóvil del Dr. Centeno junto a cadáveres de montoneros, en una operación de confusión para ser creer que los montoneros lo hab ían secuestrado. Que no le caben dudas que fueron las fuerzas armadas. Que seguidamente el compareciente es interrogado por el Tribunal, el Ministerio Público y los representantes legales de los denunciantes. Que se deja expresa constancia que el declarante afirma que la constancia que entregó en la entrevista con Harguindeguy, obligó a las fuerzas armadas a blanquear la situación con respecto al Dr. Candeloro, y que por ello apareció el informe que Barda envió al Dr. Hoofft en el habeas corpus. Que ningún habeas corpus tuvo resultado positivo en esa época. Que siendo las 14.15 horas se convoca a las partes para la próxima audiencia del día 21 de mayo a las 10 horas. Citando a las partes para la firma del acta el día miércoles 16 de mayo entre las 10 y las 13 hs. Firmando los comparecientes de conformidad, todo ello ante mí, de lo que doy fe.