Acta 19 de Febrero de 2001 

Juicio por la Verdad, Mar del Plata


  

En la ciudad de Mar del Plata a los diecinueve días del mes de febrero de dos mil uno, siendo las 10 hs., fecha fijada para la presente; se constituye en la sala de audiencias del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata sus integrantes Dres. Mario Alberto Portela, Roberto Atilio Falcone y Nestor Ruben Parra, juntamente con el Sr. Secretario, Dr. Facundo Luis Capparelli. Acto seguido el Dr. Nestor Ruben Parra, quien presidirá la audiencia, solicita al Sr. Secretario que informe acerca de la presencia de las partes. Seguidamente el Dr. Capparelli certifica que se encuentran presentes el Sr. Fiscal General, Dr. García Berro, como asimismo los representantes legales del Colegio de Abogados de Mar del Plata, Consejo Escolar de General Pueyrredón; Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (Mar del Plata) APDH; Madres, Familiares y Abuelas de Detenidos y Desaparecidos; Asociación Abuelas de Plaza de Mayo MdP; Argañaraz de Fresneda María de las Mercedes y Dr. Fresneda Tomás; Dr. Arestin Salvador Manuel; Dr. Alais Raúl Hugo; Dr. Candeloro Jorge Roberto; Dr. Centeno Norberto Oscar; Renzi Lidia Elena y Vacca Nora Inés; Iorio Liliana Inés; Lazzeri Patricia Emilia, Retegui Liliana Beatriz Ramona; Garaguso Delia Elena y Roldan Trirstán; Bourg Juan Raúl y Rodríguez de Burg Alicia Isabel; los Dres. Fernando Gonzalez, Luis Cazaux, Estela Murgier, Agustina Palacios, Eduardo Schiel, Armando Abruza, Maria del Carmen Scioscia, Irineo Di Matteo, Ana Laura Vulcano, Natalia Messineo, Juan Carlos Wlasic, Alfredo Battaglia, Juan Carlos Abruzza: César Ventimiglia y Yamila Zabala Rodriguez. Seguidamente, el Sr. Presidente dispone se informe por secretaría la documental incorporada a estas actuaciones durante el transcurso de la semana; seguidamente el Dr. Capparelli informa que proveniente del Tribunal Oral Federal nº6 de Capital Federal, se incorporó el listado de muertos, oficiales y no oficiales, durante el año 1975 donde figuran varias personas de Mar del Plata. Asimismo de la Cámara Federal de La Plata se recibió el legajo administrativo de Eduardo Salvador Ullúa donde consta, con fecha 26 de noviembre de 1974, su designación como auxiliar de 7ma. en la Fiscalía Federal de Primera Instancia de Mar del Plata por pedido del Dr. Gustavo Demarchi a cargo por entonces de dicha fiscalía; obrando en dicho legajo informes de conducta, concepto y asistencia en el ejercicio de su cargo. Acto seguido el Dr. Wlasic, comunica al Tribunal que en el día de la fecha se tratarán los casos de Juan Raúl Bourg y Alicia Rodriguez. En este sentido requiere se incorpore la prueba documental que entrega por secretaria consistente en trámites judiciales realizados en relación a la desaparición forzada de Juan Raúl Bourg y Alicia Rodriguez. Asimismo solicita se libre oficio al Juzgado de Transición nº1 de Mar del Plata a fin de que se remita la causa nº17.015 que tramitara ante el Juzgado Criminal y Correccional nº3 a cargo del Dr. Pedro Hooft, relacionada con la privación ilegítima de la libertad de Alicia Rodriguez concluída con un sobreseimiento provisorio. De igual forma requiere se libre oficio a la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata donde consta la declaración de la Sra. De La Cuadra. Acto seguido el Sr. Presidente dispone la incorporación de la documental aportada, previa certificación, y hace lugar a la informativa requerida. Seguidamente el Sr. Presidente, convoca a prestar declaración testimonial a la Sra. María Emilia Bourg quien, previo juramento de ley, prometió decir verdad de todo cuanto le fuere preguntado. La nombrada brindó un exhaustivo testimonio de las circunstancias del secuestro y detención de su hermano; detallando los trámites posteriores que se realizaron para dar con el paradero de su hermano. Concluído su relato, es interrogada por los integrantes del Tribunal, por los representantes del Ministerio Público Fiscal y los apoderados legales de las partes denunciantes. A pedido del Dr. García Berro se deja constancia que la testigo afirmó que un tal Oscar Gonzalez, oriundo de City Bell o Gonnet, quien actualmente viviría en la ciudad de Madrid, habría brindado información a las fuerzas armadas de la dictadura. Consultada acerca de los datos personales del nombrado para posibilitar su ubicación, expresó que se comprometía a traer toda la información posible. Concluída la declaración el Sr. Presidente, convoca a prestar declaración testimonial al Sr. Mariano Gerli, domiciliado en calle Roque Saenz Peña 198 de esta ciudad, de ocupación taxista. El nombrado brindó un exhaustivo testimonio de circunstancias anteriores al secuestro y detención de Bourg y Rodríguez. Asimismo detalló hechos posteriores sufridos por él en el campo donde fueron secuestrados los nombrados. Concluído su relato, es interrogado por los integrantes del Tribunal, por los representantes del Ministerio Público Fiscal y los apoderados legales de las partes denunciantes. Se deja expresa constancia que en el curso de su testimonio manifestó que un tal Oscar, del que no recuerda el apellido, no quería devolverle la cas del campo a la familia Bourg. Que las armas que encontraron en la quinta en el allanamiento realizado tiempo después de las detenciones, se trataban de armas antiguas de colección. Se deja expresa constancia a pedido del Dr. Cazeaux y del Dr. Wlasic que el testigo afirma que lo publicado en medios periodísticos era falso pues él concurría seguido al campo en Pirán y nunca observó ni armamentos ni equipos de comunicaciones ni campos de práctica de tiro. Siendo las 12.20 hs. se dispone un cuarto intermedio por espacio de 10 minutos. Reanudada la audiencia se cita a prestar declaración testimonial a la Sra. Isabel Saenz de Rodriguez, domiciliada en la calle 85 y Antártida Argentina de esta ciudad, comerciante, madre de Alicia Rodriguez. La nombrada brindó un exhaustivo testimonio de circunstancias anteriores al secuestro y detención de Bourg y Rodríguez. Asimismo detalló hechos posteriores acaecidos en el campo y la quinta. Concluído su relato, es interrogada por los integrantes del Tribunal, por los representantes del Ministerio Público Fiscal y los apoderados legales de las partes denunciantes. Se deja expresa constancia que tiempo después del secuestro irrumpieron en la quinta personas quienes a su requerimiento se identificaron como integrantes de fuerzas conjuntas. Que estas personas se llevaron armas antiguas, que fueron a buscarlas al lugar exacto donde estaban en clara señal que habían obtenido esta información por vía de su hija y yerno; asimismo le solicitaban las escrituras del campo. Por otra parte manifiesta que el campo de Pirán se lo arrendaban al Sr. Aguinaga mientras que un tal Oscar, de físico robusto, vivía en la casa del campo de Bourg y su hija Alicia Rodriguez, que no se la quería devolver; que esta persona se domiciliaba en un departamento en calle Colón 1914 o 1916, de donde desaparecieron los porteros en fecha cercana a la desaparición de su hija. Que su hija y su yerno tenían miedo. También recuerda haber recibido anónimos que le decían que tiraban a la gente desde los aviones. Recuerda que hizo reclamos judiciales, que fue atendida por un juez que no recuerda el nombre, pero estima que era el mismo juzgado donde tramitaba el habeas corpus, y que cuando le preguntó por su hija y yerno, le subrayó un escrito donde surgía que Alicia Rodriguez había muerto en un enfrentamiento. Que cuando se entrevistó con el Coronel Barda manifestó que no le interesaba el campo y que quería los chicos y en ese momento hizo pasar a 5 o 6 personas para que escucharan lo que ella manifestaba y por eso estima que luego en el allanamiento le requerían las escrituras del campo. En esa entrevista Barda le reconoció que personal a su cargo había hecho las cosas mal, que habían sucedido varias violaciones que procurarían que no pasara más. También manifiesta haber visto una autorización extendida por el Coronel Barda mediante el cual autorizaba al Sr. Aguinaga a continuar con la explotación del campo, estima que esto pudo deberse a que según supo luego, la hermana de Barda fue al colegio con Aguinaga. Concluída la declaración se cierra la audiencia citando a las partes para la firma del acta el día miércoles 21 entre las 10 y las 13 hs.; quedando notificadas las partes de la audiencia prevista para el día 26 de febrero, a las 10 horas; quedando a cargo de las asociaciones poner en conocimiento del Tribunal en el transcurso de esta semana los testigos que depondrán, firmando los comparecientes de conformidad, todo ello ante mí, de lo que doy fe.