Tovio, Cosme Damián

La Plata, 8 de Marzo de 2000


  

Dr. DURAN: A la Audiencia designada del día de la fecha, hoy 08 de Marzo del año 2000 comparece ante el Tribunal integrado por los Señores Jueces Doctores Julio Víctor Reboredo y Alberto Ramón Durán, contando con la presencia del Señor Fiscal General ante la Cámara Doctor Julio Amancio Piaggio, del Señor Defensor Público Oficial ante la Cámara Doctor Ricardo Alberto González; en representación de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos La Plata, la Dra. ELIZABETH TORRES; en representación de la Asociación de ex detenidos y desaparecidos la Doctora Mónica González Vivero, una persona previamente citada a los fines de prestar declaración testimonial, a quien se le recuerda que debe producirse con veracidad respecto de todo lo que supiere y le fuere preguntado, ya que de lo contrario eventualmente podría resultar condenado por el delito de Falso testimonio de acuerdo a lo normado en el artículo 275 del Código Penal, por ello es que en primer Instancia se le requiere que preste legal Juramento de acuerdo a sus creencias o promesa de decir verdad. Ante lo cual responde... Sí juro o sí lo prometo debe decir...

COSME DAMIAN TOVIO.- Sí, juro.

DR. DURAN: Quién resulta ser y llamarse?.

COSME DAMIAN TOVIO.- COSME DAMIAN TOVIO.

DR. DURAN.- Nombre de su padre?.

COSME DAMIAN TOVIO.- RICARDO ENRIQUE TOVIO.

DR. DURAN.- De su madre?.

COSME DAMIAN TOVIO.- FILIBERTA ENRIQUE.

DR. DURAN.- Viven ambos?.

COSME DAMIAN TOVIO.- Mi papá no.

DR. DURAN.- Correcto. Su documento de identidad...

COSME DAMIAN TOVIO.- 10.815.526.

DR. DURAN.- Correcto. Lugar y fecha de nacimiento?.

COSME DAMIAN TOVIO.- LA PLATA, el 18 de Julio de 1953.

DR. DURAN.- Correcto. Su estado civil?.

COSME DAMIAN TOVIO.- Casado.

DR. DURAN.- Su ocupación o profesión?.

COSME DAMIAN TOVIO.- Empleado.

DR. DURAN.- Su domicilio actual?.

COSME DAMIAN TOVIO.- 148, Nº 1420, LA PLATA.

DR. DURAN.- Correcto. Usted ha sido citado a los fines de prestar declaración testimonial en esta Causa Registrada bajo el número 1025 del Tribunal, en donde se investiga el Secuestro del cual usted resultara víctima el día 22 de enero del año 80.

COSME DAMIAN TOVIO.- Perdón, en el año 81.

DR. DURAN.- En el Hábeas Corpus interpuesto figura en el año 80, a pesar de lo cual usted puede aclararlo y decir que ocurrió en el año 81.

COSME DAMIAN TOVIO.- Fui detenido el 23 de enero del año 81...

DR. DURAN.- Acá dice que el día jueves 22 de enero del año 1980, por eso es que... Pero usted tiene por supuesto todo el derecho de formular todas las aclaraciones que sean pertinentes. Simplemente a mí me faltaba decirle, me restaba informarle que a pesar de que se trate de un hecho del cual usted resultó víctima, y por lo tanto se encuentra comprendido dentro de las generales de la ley, tiene igual obligación de producirse con veracidad...

COSME DAMIAN TOVIO.- Sí, Señor.

DR. DURAN.- Ahora sí entonces narre los hechos y formule las aclaraciones que crea pertinentes respecto de lo que yo le había comenzado a informar...

COSME DAMIAN TOVIO.- Yo fui detenido el 23 de enero del año 1981 y el lugar fue en CAPITAL FEDERAL. Fui secuestrado... fui detenido por un hecho de robo, no... lo que pasa es que mi esposa no sabía nada en absoluto.

DR. DURAN.- Está bien. Entonces no está vinculado con los hechos de materia de investigación de este Tribunal?.

COSME DAMIAN TOVIO.- No.

DR. DURAN.- Muy bien. Entonces... lo damos por suspendido y damos por finalizada la Audiencia. Salvo que alguna de las partes quiera formular alguna pregunta... Bueno, entonces queda relevado de continuar con la declaración, aclarado de que se trató de un hecho común, el Tribunal no tiene nada que investigar respecto del robo que es ajeno a la materia de investigación, al objeto Procesal de este Juicio. Damos por finalizada la Audiencia haciendo esta aclaración, firmamos el acta y puede retirarse.

 

Certifico que la presente copia mecanografiada es reproducción fiel de la cinta magnetofónica reservada en sobre lacrado nº 200, en la causa Nº 1.025/SU. Dejo constancia de que, para la realización del cotejo entre la copia y la cinta , extraje esta última del mencionado sobre, volviendolo a introducir en el mismo, que fue vuelto a lacrar una vez finalizado el acto. Secretaría Única , a los 4 días del mes de abril de 2.000.- Doy fe.-