Febrero 9, 2007

Peru: Segunda Sentencia por Desaparición Forzada: Chuschi Presente

08 de febrero del 2007
Ideele

El 14 de marzo de 1991, alrededor de la medianoche, efectivos de la Policía Nacional y el Ejército, ingresaron a las viviendas de tres autoridades y de un menor de edad en el distrito de Chuschi, departamento de Ayacucho, sacándolos violentamente en presencia de sus familiares.

Esa noche se detuvo a Manuel Pacotaype Chaupin, Martín Cayllahua Galindo, Marcelo Cabana Tucno, todos ellos autoridades de Chuschi, también al menor Isaías Huamán Vilca, para luego ser conducidos al Puesto Policial de Chuschi. En la mañana del día siguiente, fueron llevados por una patrulla del Ejército con rumbo a la Base Militar de Pampa Cangallo. Como era de esperarse los familiares de los detenidos los siguieron percatándose del ingreso al recinto militar; luego de ese día no los volvieron a ver.

Los familiares de las víctimas denunciaron los hechos no sólo al Ministerio Público sino también al Congreso de la República [1] llegando inclusive a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos[2] .

Han transcurrido 16 años desde lo sucedido en el distrito de Chuschi para que una instancia nacional determine responsabilidades y sancione a los responsables, y es en ese sentido que el pasado lunes 05 de febrero del 2007 los miembros de la Sala Penal condenaron a 14 años de pena privativa de libertad al oficial del Ejército Collins Collantes Guerra y a 6 años al efectivo policial Luis Juárez Aspiro por la comisión del delito contra la humanidad en la modalidad de desaparición forzada.

Ahora bien, ésta es la segunda sentencia que dicta la Sala Penal Nacional por la comisión del delito de desaparición forzada, recordemos que la primera fue por la detención y desaparición del estudiante Ernesto Castillo Páez [3]. Esta última resolución recoge argumentos de derecho internacional y de derecho internacional humanitario, y lo más importante es que avanza jurisprudencialmente ya que no se limita a establecer sanciones sino que ordena remitir copias de todo lo actuado al Ministerio Público para que inicie las investigaciones en contra de los superiores que prestaron servicios en la Base Militar de Pampa Cangallo. Ello debido a que durante el desarrollo del juicio oral el condenado Collins Collantes aseguró que había actuado en cumplimiento de órdenes superiores.

Además, la sentencia dispone que a través del Ministerio Público y en coordinación con otras instituciones del Estado se continúe con la búsqueda de los restos de las víctimas para su posterior entrega a los familiares, cosa que no se ordenó en el caso de Ernesto Castillo Páez.

Por otro lado, no podemos dejar de reconocer que la sentencia es un trabajo conjunto de magistrados, del representante del Ministerio Público y de las abogadas de la parte civil; sin embargo, también es necesario reconocer la labor que cumplieron los familiares de las víctimas: personas campesinas, algunos de ellos quechua hablantes, que no dudaron en denunciar los hechos a pesar de las condiciones adversas de esos años.

Finalmente, debemos agregar que actualmente en el Poder Judicial como en el Ministerio Público existen decenas casos sobre violaciones a los derechos humanos, que por cierto no debería esperar 16 años para ser esclarecidos y obtener una resolución justa.
(Patricia Figueroa Valderrama)

[1] El 05 de julio de 1991 se constituyó una Comisión Investigadora del Senado de la República, designada para esclarecer los hechos.
[2] En su Informe Nº 47/00 del 13 abril del 2000, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos concluyó que el Estado Peruano, a través de los efectivos policiales del distrito de Chuschi, apoyados por los efectivos militares de la Base Militar de Pampa Cangallo, detuvo a los señores Manuel Pacotaype Chaupín, Martín Cayllahua Galindo, Marcelo Cabana Tucno e Isaías Huamán Vila el 14 de marzo de 1991 en el distrito de Chuschi, provincia de Cangallo, departamento de Ayacucho, y que posteriormente fueron desaparecidos.
[3] Sentencia del 20 de marzo del 2006, dictada por la Sala Penal Nacional y que condena a cuatro efectivos policiales a penas entre quince y dieciséis años.

Posted by marga at Febrero 9, 2007 7:33 PM | TrackBack
Comments

HOLA SOY SU HIJA DEL DESAPARECIDO DEL SR. MARTIN CAYLLAHUA GALINDO AVER SI ME PÙEDEN INFORMAR DEL JUICIO EN AYACUCHO Q COMO VA PORFABOR . MI CORREO ES ESTE FRIEND_FOREVER342@HOTMAIL.COM PORFABOR INFORMALO ALA ABOGADA gLORIA CANO GRACIAS

Posted by: INES CAYLLAHUA HUAMANI at Julio 28, 2007 1:54 AM
Post a comment









Remember personal info?