Abril 17, 2007

Defensoría del Pueblo entrega constancias a familiares de desaparecidos

Por Patricia Escudero

Lima, abr. 17 (ANDINA).- Durante su investigación sobre las causas que desataron dos décadas de violencia y en su intento por identificar a las víctimas de ese período –a partir de testimonios recibidos en audiencias públicas–, la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) concluyó que ocho mil 585 peruanos desaparecieron tras haber sido arrestados, detenidos o trasladados por la fuerza a quién sabe dónde, entre 1980 y 2000.

Para continuar con el proceso de reconciliación nacional, hoy la Defensoría del Pueblo tiene por encargo entregarles a los familiares de los desaparecidos por la violencia, constancias que certifican su situación, con las cuales se reconocen los derechos de sus familiares a algunos beneficios.

Hasta febrero fueron mil 400 las constancias cedidas, pero esta labor tuvo una y mil sorpresas. Una de ellas, quizás la más importante debido a las cifras, es que sólo el 44 por ciento de los casos certificados por la Defensoría se encuentra en el padrón elaborado por la CVR.

De hecho, el 56 por ciento restante –787 personas que la Defensoría certificó como desaparecidas por hechos vinculados a la violencia– constituye casos nuevos, no reportados hasta el momento. Es decir, no aparecen en la larga relación que presentó la CVR.

¿Esto hace que las cifras de la CVR se multipliquen aún más? No necesariamente. Ello se sabrá sólo cuando el trabajo esté mucho más avanzado.

Gisela Vignolo, jefa del equipo de la Defensoría del Pueblo que trabaja en torno a las secuelas de la violencia política, considera razonable que muchas personas con familiares desaparecidos no denunciaran el hecho, por temor a represalias, sobre todo en lugares donde aún hay rezagos de terrorismo o porque viven muy alejadas.

Registro
Los casos incluidos por la CVR constituyen un registro no certificado de desaparecidos. Y es que, no obstante el trabajo minucioso de la comisión, sus miembros no tenían posibilidades de verificar con documentos la veracidad de los testimonios.

Con los casos que certifica la Defensoría se elabora, más bien, el Registro Oficial de Desaparecidos Víctimas de la Violencia Política, lo que significa la primera estadística oficial de desaparecidos reconocidos por el Estado peruano.

¿Y por qué es necesario que exista un registro oficial? Vignolo sostiene que contar con ese registro significa que el Estado reconoce la situación de esas personas y las circunstancias en que desaparecieron, y, más aún, regulariza su condición de ausentes.

La constancia que entrega la Defensoría, además, facilita el procedimiento para que esa persona sea declarada judicialmente ausente por desaparición forzada, y que su identificación en el Reniec tenga el mismo reconocimiento.

En lo inmediato, ser reconocido como ausente por desaparición forzada da a los familiares directos de la víctima derecho a una reparación, cuando el Estado la otorgue; pero por lo pronto les brindan acceso al Sistema Integral de Salud (SIS) con el único pago de un nuevo sol.

Las solicitudes para constancias de desaparecidos van en aumento. Al iniciar su labor, la Defensoría recibía algo más de 100 al mes, en los últimos meses llegan a 200.

Candelaria Palomino Vega vivió 54 años en Toraya, un distrito lejano de la provincia de Aymaraes, en Apurímac. Su vida, que transcurrió en el campo, entre su familia y sus cosechas, no existió para el Estado. Nunca contó con un documento de identidad. Ella desapareció en 1990. Dieciséis años después, ingresó en las estadísticas nacionales, cuando ya no tenía vida... Existió para el Estado a partir de una Constancia de Ausencia por Desaparición Forzada.

Trámite gratuito
Gisela Vignolo hace hincapié en que el trámite para buscar este reconocimiento es totalmente gratuito y que no se necesita contratar a un abogado. El interesado sólo debe acercarse a cualquier oficina de la Defensoría y presentar su solicitud o pedir que se levante un acta.

Si el caso tiene antecedente, como una denuncia policial, la Defensoría inicia la investigación a partir de ello, a fin de certificar la información. Si el caso es nuevo, la Defensoría necesitará información mínima para iniciar su búsqueda, como la versión de testigos.

Hay que aclarar que las denuncias de desaparición deben corresponder a casos sucedidos entre 1980 y 2000, y estar vinculados al período de violencia. El proceso de verificación resulta imprescindible, expresó la funcionaria, porque ello involucra futuras reparaciones.

Vignolo resalta el arduo trabajo de investigación que debe realizar su equipo de la Defensoría para encontrar documentos que permitan cruzar información, y así constatar las circunstancias de su desaparición y ausencia permanente.

Fuente de información
El Estado entregará reparaciones a las víctimas acreditadas por el Consejo de Reparaciones, que encabeza Sofía Macher, a partir del Registro Único de Víctimas, que acogerá tanto a desaparecidos como a desplazados, al igual que a otros perjudicados.

Jesús Aliaga, coordinador de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel (CMAN) para Políticas de Paz, Reparación y Reconciliación de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) indica que el plan integral de reparaciones consta de siete programas, cinco de ellos de reparaciones individuales y dos de beneficio colectivo.

No obstante, aclara que el registro de la Defensoría no es del todo vinculante para el plan de reparaciones, sino una fuente de información para el trabajo que el Consejo de Reparaciones realiza y para la elaboración del Registro Único de Víctimas, porque la ley excluye de este registro a los miembros de las organizaciones terroristas.

Explicó que cuando la Defensoría hace su investigación no puede diferenciar entre civiles, militares o terroristas, porque se trata de una labor humanitaria, por eso su registro pasa al Consejo de Reparaciones, que se constituye en un tamiz para saber si esa persona estuvo relacionada o no con grupos terroristas.

Pedidos y reapariciones
De las solicitudes denegadas, 18 reaparecieron con vida; 37 reaparecieron sin vida; y 16 se encuentran fuera del marco de la Ley Nº 28413.

Huancavelica (303), Ayacucho (299), Huánuco (260) y Apurímac (125) son las regiones en las que se registra la mayor cantidad de desaparecidos.

Cifras
- 1,402 solicitudes de constancias tiene la Defensoría del Pueblo.
- 388 casos han sido investigados y concluidos.
- 317 constancias fueron expedidas.
- 71 solicitudes fueron denegadas.
- 75 solicitudes no tienen información mínima para iniciar su investigación.
- 939 están en proceso de verificación.

Situación especial
El caso de Candelaria Palomino Vega nos enfrenta con la realidad de las zonas más alejadas. Muchos de los peruanos que desaparecieron no habían sido ni siquiera inscritos en partidas de nacimiento. Esta es también una oportunidad para regularizar su existencia en los registros del país.

Candelaria fue secuestrada por Sendero Luminoso durante una incursión realizada al distrito de Toraya, en agosto de 1990. Quince años después, su hijo, José Barrientos Palomino, pidió una constancia de ausencia.

Tras verificaciones administrativas en el Reniec, en el Inpe y en el departamento de requisitorias de la PNP, todas infructuosas, se pasó a una verificación directa, con entrevistas a familiares diversos y a vecinos de la desaparecida.

Y después con diligencias complementarias y con documentación oficial que corroboró las incursiones de Sendero Luminoso en ese poblado, en la fecha indicada por el solicitante.

http://www.andina.com.pe/NoticiaDetalle.aspx?id=122899

Posted by marga at Abril 17, 2007 11:54 PM | TrackBack
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