Ley 1

"Plan del Ejército" (Contribuyente al Plan de Seguridad Nacional)

 

La Junta de Comandantes Generales sanciona y promulga con fuerza de ley:


Artículo 1º 

A partir de las....... horas del día........ del corriente año, el personal de las fuerzas de seguridad, de las fuerzas policiales y penitenciarias nacionales y provinciales, quedará sometido a la jurisdiccón militar respecto de las infracciones delictivas y/o disciplinarias en que pudiera incurrir durante o en ocadión del cumplimiento de las misiones que le imponga el comando militar respectivo.



Artículo 2º



Difúndase la presente ley por los medios orales, escritos y televisivos y publíquese.

 



ROBERTO EDUARDO VIOLA
General de División
Jefe del Estado Mayor General del Ejército.

 

 

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