Finalidad
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Establecer las normas jurídicas a las que se adecuarán las acciones que ejecute la Fuerza en el territorio nacional, en conjunción con las otras fuerzas armadas, para lograr la destitución del actual gobierno y posterior consolidación del Gobierno Militar.
Las normas jurídicas de aplicación
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a. La legislación que dicte el Gobierno Militar.
b. La ligislación vigente que sustenta la Directiva del Comandante General del Ejército Nro 404/75 (Lucha contra la subversión) en tanto y en cuanto no se oponga a la señalada en el precedente punto a.
Concepto de la operación
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Se trata de la implementación de las normas jurídicas que permitan la concreción del PLAN DE ACCIÓN INMEDIATA (PAI) para;
a. Ejecutar las acciones operacionales prevista y derivadas del presente plan a fin de prevenir .........
b. Continúa la lucha contra la subversión en todos los niveles.
Instrucciones particulares
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a. Personal militar de otras fuerzas
1) las actividades y operaciones del presente plan constituyen para el personal militar un acto del servicio. Por ende, todo lo relacionado con su cumplimiento se encuentra sujeto a la jurisdicción militar (Código de Justicia Militar art. 108)
2) La Junta de Comandantes Generales dispondrá que a partir del día D-H las FF Seg, FF Pol y Servicios penitenciarios nacionales y provinciales, quedarán sometidos .................. Como Apéndice 1 se agrega la legislación que la Junta de Comandantes Generales dictará al respecto.
b. Población civil
Quedará sometida a la jurisdicción militar respecto de los delitos y/o infracciones que así contemple la legislación que dicte el Gobierno Militar, cuando ello se aprecie conveniente. Como Apéndice 2 se agrega la legislación que se prevé dictar si la evolución y el desarrollo de la situación así lo aconseja.
5- REQUISICIONES
La Junta de Comandantes Generales facultará a las autoridades..........
Zona de emergencia
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La Junta de Comandantes Generales, si la situación lo exigiere, por previa decisión o a requerimiento de los Comandantes de Zona, de Defensa, declarará todo o partes del territorio del país como Zona de Emergencia. (Apéndice 4)
ROBERTO EDUARDO VIOLA
General de División
Jefe del Estado Mayor General.