Informe Final Chaco

Comisión de ddhh de la Cámara de Diputados de la provincia del Chaco

 

3. Resolución de Cámara de Diputados Nº 18/84

 

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
RESUELVE:

1º) Modifícase el Artículo 52 del Reglamento Interno de esta Cámara de Diputados, creándose la Comisión Permanente de los Derechos Humanos.

2º) Incorpórase como Artículo 61 bis, del Reglamento Interno el siguiente:

"Será competencia de la Comisión Permanente de los Derechos Humanos investigar y dictaminar sobre presuntas violaciones a la plena vigencia de las garantías y derechos individuales, establecidas por las Constituciones Nacional y Provincial y leyes vigentes, que ocurran o hayan ocurrido en jurisdicción del Estado Provincial, como así también sobre las transgresiones que a tales disposiciones legales infrinjan los organismos del Estado, las corporaciones públicas, entidades privadas o los particulares".

3º).- La Comisión Permanente de los Derechos Humanos estará integrada por seis (6) legisladores y de conformidad a lo normado por el Artículo 66 y concordantes del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados.

4º) Regístrese, comuníquese y archívese.


Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los veintiseis días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cuatro.


EDUARDO SANTIAGO TAIBBI
Secretario
Cámara de Diputados

RAÚL BITTEL
Presidente
Cámara de Diputados

 

 

 

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