Memorias enfrentadas. El voto a Bussi en Tucumán
por Emilio Ariel Crenzel
9. La voluntad de castigar
"La muerte como amenaza, es la moneda del poder"
Elías Canetti, "Masa y Poder", Muchnik Editores, Barcelona, España, 1994, Página 496.
La pena de muerte.
Desde el inicio de la vida constitucional en la historia política del país en
1853, hasta el fin de la dictadura militar en 1983, la aplicación de la pena de
muerte reconoce, a grandes rasgos, cuatro etapas diferenciadas: la judicial, la
ley marcial, la formal y la clandestina (266).
La primera de estas etapas, tiene por comienzo el establecimiento de la pena de
muerte en el código penal en 1886 y por finalización el golpe de Estado de 1930.
En este lapso, un par de personas fueron fusiladas por haber asesinado por
motivos pasionales.
La segunda etapa, a partir del golpe del treinta, tiene características
marcadamente diferentes. Aquel año, un bando militar golpista instituye la ley
marcial y los fusilados son militantes políticos, acusados de enfrentarse, de
manera armada, con las Fuerzas Armadas o policiales. Tales son los casos de los
militantes anarquistas Severino Di Giovanni y Paulino Scarfó.
La tercera etapa, a la cual cabe denominarla formal - ya que no hubo casos en
que se aplicara esta pena- abarca el período 1945-1971.
Sin embargo, en este período, comienza de manera incipiente la aplicación de
otra forma de ponerla en práctica, una mixtura entre la ley marcial y la cuarta
que supuso su aplicación clandestina; en 1956 son fusilados militantes
Peronistas en los basurales de José León Suárez, en la provincia de Buenos
Aires.
A pesar de ello, la cuarta etapa tuvo su apogeo en los años de la última
dictadura militar, entre 1976 a 1983. Su modalidad masiva, secreta, anónima y
extra judicial durante el proceso social de desaparición de personas,
distinguirá al país entre las modalidades que adquirirá el combate
antisubversivo en el resto de los países del Cono Sur de América Latina.
Desde Abril de 1988, sucesivas declaraciones del presidente Menem reinstalan el
debate sobre la posibilidad de reformar la legislación penal vigente e
introducir la pena de muerte para los narcotraficantes, los terroristas y los
violadores de menores (267).
La puesta en práctica de estas iniciativas hubiera implicado la denuncia, por
parte de Argentina de pactos signados, como el de San José de Costa Rica, que
poseen rango constitucional inclusive con un status superior al de las leyes
nacionales.
Acaso, no sería aventurado plantear que, desde esta propuesta en adelante, se ha
venido produciendo un debate público, cada vez en voz más alta, que tiende a
reformular y reestructurar una política del disciplinamiento y del castigo en el
país.
Este debate tormentoso, recorre la discusión pública de las políticas de
seguridad, las estrategias de control social de los variados ilegalismos, -
concentradas sin embargo de manera excluyente en los protagonizados por los
grupos sociales más pobres -, que se incrementaron al compás de la crisis
económica, del proceso de desciudadanización y de la creciente exclusión social.
Se entiende aquí que la pena de muerte involucra un conjunto de políticas. Se
establece como principio de castigo sobre el inculpado, pero substancialmente se
la erige como principio y método disciplinante, como amenaza disuasoria, sobre
los no castigados.
La amenaza de su ejercicio, expresa, el extremo de la escala de un conjunto de
dispositivos de poder cuya meta es fundar por un lado, una docilidad automática
y anticipada de los cuerpos y, por el otro, la constitución de un estado de
legitimación social en torno a las personificaciones sociales del "orden
público" y agitar, como contrapartida, una reacción de carácter colectivo en
contra del "delito" y de quien lo comete (268).
En Tucumán, la pena de muerte fue instaurada al día siguiente de la asunción de
Bussi como gobernador de facto, el 3 de Abril de 1976, para quienes: "atentaren
en perjuicio de los transportes, medios de comunicación e instalaciones de
servicios públicos, así como los atentados perpetrados con dinamita o que
ocasionasen incendios y que pongan en peligro la vida de terceros"
(269).
Sin embargo, como en el resto del país, pocos fueron los que la sufrieron como
castigo aplicado dentro de las normas jurídicas dictadas de facto por la propia
dictadura militar, ya que su aplicación como pena fue reemplazada por su
ejecución clandestina (270).
Entre los entrevistados se intentó explorar la adhesión a la pena de muerte como
política del castigo en abstracto para luego investigar que ocurre cuando esta
pena adquiere los contornos de sujetos, de personificaciones sociales concretas.
Cuadro 22
Posición frente a la pena de muerte
según votantes y no votantes a Bussi (en porcentajes)
Posición frente a la pena de muerte | Votantes a Bussi |
No votantes a Bussi | Total |
En contra | 53 | 76 | 65 |
A favor | 45 | 19 | 62 |
No Sabe / No Contesta | 2 | 5 | 3 |
Total | 100 (111) | 100 (93) | 100 (204) |
En principio, más de dos tercios de los entrevistados se manifiesta en contra
de la pena de muerte.
En ambos grupos de entrevistados, más de la mitad de los individuos se
manifiestan de esa manera. Es entre los no votantes a Bussi, donde la proporción
de quienes se oponen a la misma es mayor, abarcando a tres de cada cuatro
miembros de este grupo.
A su vez, la posición de votantes y no votantes a Bussi ante la pena de muerte
constituye un tema de corte entre ambos universos de entrevistados, no
encontrándose, a partir del cruce con otras variables sociales o demográficas
seleccionadas, - sexo, edad, nivel económico social y localización geográfica
del entrevistado -, una asociación más fuerte que la del voto o no voto a Bussi
y la posición del entrevistado con respecto a la pena de muerte.
A continuación, a quienes se manifestaron contrarios a la pena de muerte se les
volvió a preguntar si, a pesar de ello, se manifestarían a favor de la pena de
muerte en casos específicos.
Estos casos, referían a diversas identidades políticas y sociales particulares,
la mayoría de las cuáles, constituían grupos sociales sobre las que la amenaza
de la ejecución de esta pena los tuvo como protagonistas en los recurrentes
debates para reinstalar la pena de muerte en el país: los traficantes de drogas,
los violadores de menores, los terroristas y los responsables de golpes de
Estado.
De esta manera, se procuró poner a prueba: a) la convicción de los entrevistados
que se manifestaron en contra de la pena de muerte con relación a varios de los
grupos sociales sobre los cuáles desde el poder político y los medios de
comunicación se propone periódicamente la aplicación de esta pena (violadores y
narcotraficantes); b) sobre sujetos con perfiles e identidades sociales
vinculados a la historia política reciente del país.
Cuadro 23
Votantes y no votantes a Bussi que se manifestaron en contra de la pena de
muerte
según su posición frente a la pena de muerte en casos específicos (en
porcentajes)
Posición con relación a la pena de muerte sobre sujetos concretos | Votantes a
Bussi en contra de la pena de muerte en general |
No votantes a Bussi en contra de la pena de muerte en general | Total de entrevistadosl |
A favor en por lo menos un caso | 53 | 76 | 65 |
En contra en cualquier caso | 45 | 19 | 62 |
Total | 100 (59) | 100 (70) | 100 (129) |
¡Llama la atención lo que ha ocurrido!
Sin embargo, los cambios que se presentan entre ambos cuadros, obedecen a las
nuevas preguntas introducidas y no a una manipulación caprichosa de las cifras.
Ahora la proporción de quienes mantienen su convicción de oposición a la pena de
muerte disminuye tanto en votantes y no votantes a Bussi. De ello,
resulta que entre los votantes a Bussi, los que son opositores a la pena de
muerte bajo cualquier circunstancia de las planteadas, sea bajo la formulación
general o particular, representan 24% de los entrevistados y entre los no
votantes a Bussi el 40%.
Asimismo, el total de entrevistados contrario a la pena de muerte en
todos las situaciones planteadas se reduce y desciende del 64% inicial al 30%.
Como contrapartida, los que están directamente a favor de la pena de muerte, más
los que se manifiestan a favor en algún caso concreto representan ahora a la
mayoría de los entrevistados (70%).
Son los no votantes a Bussi quienes más alteran su posición inicial contraria a
la pena de muerte, cayendo este rechazo en 35 puntos porcentuales. Pese a esto,
este grupo se mantiene como el que más se opone a la aplicación de la misma.
En ambos conjuntos, la interrogación acerca de situaciones y sujetos concretos
pone en crisis la convicción inicial de oposición a la pena de muerte ya que
casi la mitad de los entrevistados que en principio se oponían a la misma, ahora
asumen una posición favorable en por lo menos uno de los casos planteados.
Sin embargo, la crisis de la "convicción opositora" que introduce esta batería
de nuevas preguntas es producto de quiebres diferentes según sean los
entrevistados votantes o no votantes a Bussi.
¿Quien o quienes son los sujetos, los cuerpos vivos sobre los que pende la
amenaza de muerte? ¿Son los mismos en ambos grupos de entrevistados?
Cuadro 24
Posición sobre la pena de muerte entre quienes inicialmente la rechazaban
frente a casos concretos según votantes y no votantes a Bussi (en porcentajes)
Grupos sociales
o sujetos |
Votantes a Bussi Pena de Muerte |
No
Votantes a Bussi Pena de Muerte |
Total de Entrevistados | |||||||||
Si | No | Ns/Nc | Total | Si | No | Ns/Nc | Total | Si | No | Ns/Nc | Total | |
Responsables de golpes de Estado | 7 | 87 | 6 | 100 | 19 | 72 | 9 | 100 | 10 | 80 | 7 | 100 |
Terroristas (271) | 43 | 53 | 4 | 100 | 37 | 56 | 7 | 100 | 40 | 54 | 6 | 100 |
Narcotraficantes | 33 | 62 | 5 | 100 | 21 | 72 | 7 | 100 | 27 | 67 | 6 | 100 |
Violadores de menores | 48 | 51 | 1 | 100 | 36 | 57 | 7 | 100 | 42 | 54 | 4 | 100 |
Entrevistados | 59 | 70 | 129 |
Tanto votantes y no votantes a Bussi, establecen una jerarquía prácticamente
similar con relación a quienes, de los sujetos propuestos, les aplicarían la
pena de muerte. Esta escala reconoce una mayor intensidad, en primer término, en
los violadores de menores y en los terroristas, luego a los traficantes de
drogas y por último a los responsables de golpes de Estado.
Sin embargo, esta jerarquía similar no reconoce en ambos conjuntos
intensidades análogas con relación a la aplicación de la pena para cada
sujeto específico, ya que son diferentes las personificaciones que explican este
deslizamiento desde la convicción opositora inicial a la pena de muerte a la
afirmación de su aplicación como posibilidad.
Tanto entre los votantes y no votantes a Bussi opositores a la pena de
muerte en general, vemos que esa "convicción opositora" se diluye y se fractura
según el tipo de acción u hecho y del sujeto social que los lleve a cabo.
Los responsables de golpes de Estado son los sujetos sobre los cuales los
votantes a Bussi mantienen mayor homogeneidad en cuanto a su rechazo de
aplicarles la pena de muerte, mientras que los violadores y terroristas son los
sujetos que implican en este conjunto una verdadera torsión de su posición
inicial contraria a la pena de muerte.
Los entrevistados de mejor posición socioeconómica de este grupo y los mayores
de treinta años, prácticamente en su totalidad rechazan la idea de la pena de
muerte para los golpistas mientras que con respecto a los violadores, los
terroristas y los traficantes de droga, son los entrevistados más pobres que
viven en el interior los más resueltos partidarios de la pena de muerte.
Si bien los responsables de golpes de Estado son los sujetos sobre los cuáles
los no votantes a Bussi también mantienen mayor homogeneidad en cuanto a
rechazar aplicarles la pena de muerte, el porcentaje de los que si se las
aplicarían triplica al conjunto de votantes a Bussi. Es esta respuesta favorable
a la aplicación de la pena de muerte, la que explica la caída más pronunciada
del rechazo inicial entre los no votantes a Bussi que en los votantes a Bussi
con relación a la aplicación de la pena de muerte.
Pero además, en el conjunto de no votantes a Bussi, los violadores y terroristas
son identidades sociales que producen una fractura de su posición inicial de
rechazo a la pena de muerte. También en este grupo, los entrevistados más pobres
y los del interior provincial son los más resueltos partidarios de la pena de
muerte para los terroristas, violadores y narcotraficantes.
Uno de los sujetos propuesto por el presidente Menem en su predica y campaña a
favor del establecimiento de la pena de muerte, "los violadores de menores"
corta transversalmente a los dos grupos seleccionados por su tipo de voto, es
decir, corta identidades políticas diversas de manera positiva a su propuesta
que, parece adquirir, un apoyo de carácter universal al margen de las
identidades políticas particulares de los entrevistados interpelados, a la vez
que tiene, entre los entrevistados más pobres, a sus más fervientes partidarios.
Es posible trazar los perfiles de las identidades sociales, de los entrevistados
que expresan una tendencia favorable a la aplicación de la pena de muerte en
ambos grupos. Tanto en uno como en otro, los sectores favorables a la pena de
muerte se concentran fundamentalmente entre los entrevistados del interior
provincial y entre los entrevistados más pobres económica y socialmente
hablando.
Estos sectores, son los que expresan una menor disposición a la moderación y
suavización de las penas y, paralelamente, una menor tendencia a la comprensión
y establecimiento de lazos de reciprocidad en las relaciones entre los
individuos.
A este perfil social de los entrevistados favorables a la pena de muerte, se
suman, en el caso de los votantes a Bussi, los entrevistados más jóvenes. No
ocurre lo mismo entre quienes no lo votan, ya que entre los jóvenes de este
grupo crece el rechazo a la aplicación de dicha pena.
Sobre el castigo
Son pocas las investigaciones con anclaje empírico en Argentina, que exploren la
importancia del ejercicio del castigo como operador normativo en el proceso de
socialización de los individuos y su vinculación con los procesos relativos al
ejercicio de la ciudadanía. Lo mismo ocurre con la exploración de las nociones
del derecho y la justicia dominantes en la población (272).
Esta sección del capítulo no pretende abocarse a resolver estos interrogantes de
fondo, sí apenas a contrastar las nociones del derecho y de la justicia que
tienen los entrevistados y cómo las mismas se articulan con su apoyo o su
rechazo a la aplicación de la pena de muerte.
Sabemos a partir de los experimentos de Milgram, que la distancia entre quien
ejerce el castigo y su víctima condiciona el tipo de acciones de quien tiene el
poder de decidir sobre la suerte de otro individuo o grupo. A mayores grados de
lejanía física, cultural, moral o afectiva entre los términos de la relación se
torna más sencillo, desde el punto de vista emocional o cognitivo, el ejercicio
de prácticas cuya resultante sea el causar un perjuicio, una pena o un
sufrimiento (273).
A los entrevistados, se les presentó una situación de ejercicio del delito que
involucraba una notable asimetría de poder entre los sujetos participantes ya
que presentaba a quien delinque como un menor necesitado, detenido al tratar de
asaltar un almacén por no tener para comer. Sobre este hecho debían pronunciarse
y decidir, desde el lugar de la autoridad judicial, si castigarlo o no y, en
caso afirmativo, señalar de que manera lo harían (274).
Cabe advertir, que es la variable "localización geográfica" del entrevistado la
que registra la mayor asociación con la voluntad de castigar, pero, a diferencia
de la voluntad de aplicar la pena de muerte preponderante en el interior
provincial, son los habitantes de la San Miguel de Tucumán los que más
castigarían.
Entre votantes y no votantes a Bussi se establece un corte en la voluntad de
castigar al menor. Los primeros, especialmente los varones de clase media de la
capital provincial, se manifiestan por el castigo en un 46% de los casos,
mientras los que no lo votan, entre quienes se destacan como castigadores los
entrevistados más pobres, lo hacen en un 37% de los casos.
A los entrevistados que contestaron que castigarían se les pidió que optaran por
un tipo de castigo y se les dieron tres opciones: a) meterlo preso b) hablar con
los padres para que lo castiguen c) hacerlo trabajar en el almacén hasta cubrir
lo que robó.
Luego se agrupó las respuestas de los entrevistados de manera de construir, a
partir de las mismas, una tipología de castigos que involucra diferentes
nociones acerca del delito, de la justicia y de la autoridad. Por un lado, los
castigos de tipo expiatorio y, por el otro, los castigos de tipo restitutivo.
El criterio teórico ordenador de las respuestas, estuvo centrado en las nociones
articuladas en las distintas modalidades de castigo propuestas, que involucraban
dos variantes diferenciadas y excluyentes entre sí, a) los castigos de tipo
expiatorio, cuyo anclaje está situado en la arbitrariedad, en la no
correspondencia ni relación entre la falta cometida y la pena a aplicar. Esta
última, debe ser suficientemente dolorosa y represiva para evitar la
"reincidencia" del culpable y b) los castigos de tipo restitutivo, donde se
establece una relación de equivalencia entre delito o falta y pena. En esta
modalidad, de lo que se trata es de que el culpable del delito comprenda el
significado de su acto y lo repare, restaurando la relación que su acto vulneró
(275).
El tipo de castigo seleccionado, no diferencia a votantes y no votantes a Bussi
ya que ambos grupos se distribuyen de manera idéntica con relación al tipo de
castigo que eligen. Casi dos tercios de los entrevistados, 71% en ambos casos,
optan por castigos de tipo restitutivo que, a partir de su sanción, restablezcan
las condiciones sociales previas a la ruptura de la norma.
Como señala Durkheim, este tipo de castigo se corresponde con determinado
estadio de lo social y, su preponderancia, es directamente proporcional al
desarrollo de la división social del trabajo en la sociedad, esto es, al
desenvolvimiento del desarrollo capitalista y el espíritu de individuación
creciente que impone la burguesía.
Entre las variables que intervienen a la hora de explicar el comportamiento de
los entrevistados con relación a la decisión y a la forma de castigar se
encuentra, por una parte, el sexo que, en ambos conjuntos, condiciona la
preferencia por el tipo de castigo.
Las mujeres, optan por castigar bajo la forma menos cruel, la de la restitución
de la norma, claramente entre los no votantes a Bussi (100%) y también por
encima del promedio de su grupo entre los votantes a Bussi.
Entre los hombres, por su parte, predomina el tipo de castigo expiatorio,
claramente al interior de los no votantes a Bussi y levemente por encima del
mismo entre los votantes a Bussi. Esta modalidad del castigo adopta, en materia
de género, un claro perfil masculino.
La edad de los entrevistados sólo incide en el tipo de castigo elegido entre los
no votantes a Bussi. Los mayores de 30 años se inclinan, por arriba del
promedio, por el castigo de tipo expiatorio. Los más jóvenes se reparten de
acuerdo al promedio general.
Por otra parte, la localización geográfica del entrevistado es una variable que
no incide en el tipo de castigo elegido. A igual localización geográfica, es
diferente el tipo de castigo elegido según la identidad política del
entrevistado o el nivel económico social.
Entre los votantes a Bussi, los que viven en la capital provincial, levemente
por encima del promedio, eligen el castigo de tipo expiatorio y entre los
del interior claramente el restitutivo. Entre los no votantes a Bussi, ocurre
una situación inversa; los de San Miguel de Tucumán prefieren castigar bajo la
forma restitutiva y los del interior lo hacen bajo la forma expiatoria.
Sin embargo, ninguna de estas variables se relaciona tanto con la modalidad de
castigo elegido como el nivel económico-social.
Tanto votantes como no votantes a Bussi que castigan bajo la forma expiatoria,
se concentran entre los entrevistados más pobres. Por otra parte, entre
los entrevistados de las fracciones medias de ambos grupos prevalece el castigo
restitutivo. Sólo entre los entrevistados de mejores condiciones de vida se
establece una diferencia entre votantes y no votantes a Bussi. Mientras los que
no se inclinan por Bussi repiten los porcentajes del promedio de su grupo, entre
los votantes a Bussi de este grupo el castigo de tipo expiatorio
supera significativamente el promedio.
La relación entre tipo de castigo y la situación socioeconómica del
entrevistado, pondría de manifiesto la existencia de una correspondencia
diferenciada entre determinadas personificaciones sociales con las nociones
particulares que se hacen presentes en cada tipo de sanción.
Desde una perspectiva solidaria con la tesis de Durkheim, sería posible señalar
que a menor riqueza de relaciones sociales, mayor persistencia de elementos
ligados a las formas de solidaridad que este autor denominaba mecánicas,
caracterizadas por la inclinación a pensar el ejercicio de sanciones expiatorias
como forma de resolución de la ruptura de las reglas comunitarias.
Por el contrario, a mayor individuación e internalización de las reglas
sociales, a mayor desarrollo del proceso social civilizatorio en los individuos,
menor la tendencia a asumir una moral represiva. Sin embargo, esta tesis se
corrobora, en el caso analizado, parcialmente, ya que al parecer intervienen
además factores ideológicos y del orden de los valores y las representaciones
sociales en esta determinación. Esto se torna observable en los entrevistados de
mejores condiciones de vida que votan a Bussi quienes optaron, de manera
predominante, por las formas expiatorias de castigo.
Ahora bien, se puso en relación la posición que los entrevistados asumieron con
relación a la pena de muerte en general, donde el sujeto que la ejecuta y
administra es el Estado y la disposición a castigar ante un hecho de la vida
cotidiana donde se colocó imaginariamente al entrevistado en la posición de la
autoridad que puede decidir si castigar o no y, en caso afirmativo, bajo que
modalidad ejecuta el castigo.
Los votantes a Bussi que se manifiestan inicialmente a favor de la pena de
muerte preponderantemente también castigan, en mucho mayor medida que los no
votantes a Bussi que están a favor de la misma medida. (56% versus 28%)
Esta asociación entre castigo, pena de muerte y tipo de voto, se modera al
considerar la "posición real" frente a la pena de muerte, esto es aquellos
entrevistados que se manifestaron a favor de la misma o favorables por lo menos
en algún caso específico y los que manifiestan también voluntad de ordenar el
castigo desde el lugar de la autoridad.
Ahora el 48% de los entrevistados votantes a Bussi y el 33% de los no votantes
que se manifiestan a favor de la pena de muerte en general o frente a algún caso
en particular, manifiestan su disposición de castigar y se mantiene, aunque en
menor medida que cuando se hablaba de la relación entre castigo y posición
inicial frente a la pena de muerte, la tendencia ya descripta. Son los votantes
a Bussi favorables a la pena de muerte los más castigadores.
Esto ocurre pese a que, como se mencionara anteriormente, es en los no votantes
a Bussi donde se sucedía un quiebre más pronunciado en su convicción opositora a
la pena de muerte.
Pero ¿Qué ocurre al establecer la relación entre la pena de muerte y el tipo de
castigo que los entrevistados aplicarían desde el lugar de la autoridad?
Dentro de un contexto donde no se establece una correlación entre el apoyo a una
política estatal de castigo a través de la pena de muerte y la voluntad
individual de castigar a través de las formas más extremas, son los votantes a
Bussi los que se muestran levemente más favorables a la pena de muerte por lo
menos en un caso y en aplicar un castigo de tipo expiatorio al menor ladrón 30%
versus 24% entre los que no lo votan.
A modo de síntesis, es posible señalar que en los no votantes a Bussi aparece
una escisión entre su apoyo a la administración de la pena capital desde el
Estado y la aplicación del castigo situados en un eventual lugar de autoridad
donde la responsabilidad personal y el compromiso subjetivo con relación a la
acción es creciente y se manifiesta de manera observable.
A la inversa, entre los votantes a Bussi se manifiesta una mayor correspondencia
entre el tipo de acción de la cuál son partidarios que tome el Estado y la
disposición personal, al ubicarse en un espacio de autoridad, de asumir y
realizar ellos mismos el acto de castigar. Es decir, entre los individuos de
este grupo se expresaría una mayor homogeneidad relativa entre sus convicciones
internalizadas y su posición frente a la autoridad.
Pareciera, a partir del conjunto de valores que manifiesta este colectivo, que
sus componentes expresaran, como individuos y como grupo social, una intensa
correlación entre un momento del desarrollo estatal del ejercicio del poder y la
internalización de esta perspectiva, hecha propia, por los ciudadanos
(276).
Estos entrevistados manifiestan así aproximarse en sus valores a lo que Durkheim
consideraba como una solidaridad correlativa a una concepción represiva del
derecho, caracterizada por una correspondencia entre la conciencia y la práctica
de las reglas y las sanciones que se corresponden a su ruptura.
(266) Se sigue aquí la
caracterización sobre la historia de la pena de muerte en la argentina de Bravo,
1991, páginas 119 y 120.
(267) Al respecto, ver el Diario "El Cronista Comercial", del 2 de Abril de
1988.
(268) "Los historiadores de las ideas atribuyen fácilmente a los filósofos y a
los juristas del siglo XVIII el sueño de una sociedad perfecta; pero ha habido
también un sueño militar de la sociedad. Su referencia fundamental se hallaba,
no en el estado de naturaleza, sino en los engranajes cuidadosamente
subordinados de una máquina, no en el contrato primitivo, sino en las coerciones
permanentes, no en los derechos fundamentales, sino en la educación y formación
indefinidamente progresivas, no en la voluntad general, sino en la docilidad
automática" Foucault, 1987, página 173.
(269) Diario "La Gaceta", 4 de Abril de 1976.
(270) Al parecer, el posible rechazo de las jerarquías eclesiásticas y la
postura vaticana en contra de su aplicación, condicionaron la decisión de las
cúpulas militares de que su desenvolvimiento se produjera bajo una modalidad
secreta.
(271) Aquí se debe reconocer la ambigüedad que supone la formulación del
interrogante con relación a esta identidad. No queda claro de que terroristas se
trata. Podrían remitir a cierta conceptualización del ejercicio de la lucha
armada de los años setenta o bien a los actos de terrorismo cercanos en el
tiempo y próximos a la realización de la encuesta. Menos de un año antes de la
realización de la misma, - el 18 de Julio de 1994-, se había producido el ataque
terrorista contra la sede de la A.M.I.A, en Buenos Aires.
(272) Para un análisis de las transformaciones históricas en los modos y metas
de las políticas punitivas y de control social, ver Foucault, 1987.
(273) Milgram, 1980, página 41.
(274) Estas preguntas fueron una variante de las utilizadas por Piaget, 1984,
página 172 y retomadas por el "Programa de Investigación sobre Cambio Social" (PI.CA.SO)
de la Facultad de Ciencias Sociales, de la Universidad de Buenos Aires. Pese a
lo diferente de las ejemplificaciones, llama la atención que el porcentaje de
castigadores y no castigadores es similar en ambas investigaciones. Ver al
respecto, Pereyra, 1994, página 210.
(275) El tipo expiatorio incluye a quienes expresaron: "Lo metería preso",
"Hablaría con los padres para que lo castiguen", "Hablaría con los padres para
que lo castiguen y lo haría trabajar en el almacén hasta cubrir lo que robó",
"Lo metería preso y Hablaría con los padres para que lo castiguen" y "Le
pegaría". El tipo restitutivo incluye la respuesta "Lo haría trabajar en el
almacén hasta cubrir lo que robó". Para un desarrollo más extenso de ambas
nociones de justicia ver, Piaget, 1984, página 173 y Durkheim, 1993, páginas
80-81y 93-141.
(276) Un poder disciplinador, integrado, reticulado y anónimo que va desde
arriba hacia abajo pero también desde abajo hacia arriba de un sistema integrado
de vigilantes perpetuamente vigilados". Foucault, 1987, página 182.