Metodología Represiva

Informe de la Comisión Bicameral - Tucumán 1974-1983 (Anexo I)

 

1.3 Lugares donde se realiza el Operativo Secuestro



1.3.1 Secuestro en el domicilio de la víctima



La inmensa mayoría de los secuestros son ejecutados en las viviendas de las personas buscadas. Casi la totalidad de los testimonios transcriptos hasta ahora pueden clasificarse dentro de esa categoría (92% aproximadamente). 

Resulta evidente que este “modus operandi” de los grupos terroristas que actuaron en la represión era el que mejor resultados les ofrecía, en cuanto a seguridad, eficacia y rapidez.

Por otro lado, el hecho de que el 92% de los secuestros hayan sido perpretados en el domicilio de las víctimas, con ostentación y despliegue abrumador de efectivos, violencia y medios militares frente a individuos indefensos, siempre con presencia de testigos, utilizando medios y estructuras institucionales, etcétera, pulveriza una de las principales falacias utilizadas por los apólogos de la doctrina de seguridad nacional y por las usinas propagandísticas del terrorismo de estado, en el sentido de que se libró una guerra, en la que se cometieron excesos, inevitables en toda contienda armada, de lo que resultaría que las desapariciones son parte de excesos.

Lejos de eso, la desigualdad grotesca de estos supuestos “combates” como los que estamos transcribiendo, tornan una negra humorada dicha caracterización de “guerra”, siempre acompañada de adjetivos grandilocuentes por la propaganda del régimen: “guerra heroica contra la subversión”, “guerra triunfante”, “guerra en defensa de los valores occidentales y cristianos”, etcétera.

Ni hubo guerra, ni se trata de meros excesos, ni mucho menos de hechos aislados. Estamos en presencia de una acción represiva, planificada con cruel racionalidad, con el objeto de difundir el terror y frente a violaciones sistemáticas de los derechos humanos.

De esta manera, la comprobación categórica de que un grado incomparable de secuestros se perpetraron en el domicilio del desaparecido, constituye una de las pruebas más fehacientes –como ya dijimos– de la falsedad de los slogans represivos repetidos durante años.

Analizaremos a continuación algunas de las variantes que podían presentarse en los operativos realizados en los domicilios de las víctimas, cada una de ellas compendios parciales del horror represivo.



Utilización de los familiares para ubicar a las víctimas


Cuando los captores irrumpían en el domicilio, encontrándose ausente la persona buscada, no vacilaban en coaccionar –castigando duramente– a los familiares para que les informaran sobre el paradero de la misma, e inclusive con el mismo familiar acudían al sitio donde presuntamente podría encontrarse la víctima.


Veamos la declaración efectuada por la madre de la ciudadana María Carmen Jaramillo Galindo (27 años, profesora de historia) desaparecida el 8 de enero de 1976 en Villa Marcos Paz, Yerba Buena (Leg. 41-G-84)

“... (su marido) oía que por la puerta del fondo lo llamaban por su nombre de pila, al decir “Don Manolo, abra la puerta”, repetidas veces. Por supuesto que su marido no abrió y que por el contrario comenzó a dar gritos de auxilio, cuando derribaron la puerta del fondo y entraron cuatro personas (...) Le preguntaron por su hija Carmen a lo que su esposo contestó que ésta se encontraba en la casa de su otra hija casada ya que el marido de ésta se encontraba en Santa Fe. Fue entonces que lo obligaron a acompañarlos a la casa de su otra hija a buscar a Carmen; así como se encontraba con pijamas lo llevaron a su esposo subiéndolo a un vehículo, que luego se enterará que eran cuatro autos los que participaron en el operativo. Llegados entonces a la casa de su hija Teresa y luego de que identificara al que estaba al mando, se comunicó por radio a los otros vehículos, diciéndoles que ese era el lugar, hecho lo cual la unidad anterior que lo llevaba a su marido siguió viaje, dando numerosas vueltas antes de devolverlo a su hogar...”.


En el caso del secuestro de Nemesio Barrionuevo (36 años, empleado ferroviario), desaparecido desde el 17/3/76, en su domicilio de Tafí Viejo, los captores obligaron a su hermano a acompañarlos utilizando para ello como rehenes a la esposa e hijos de éste (Leg. 312-B-84).

“... un grupo compuesto por muchas personas que se movilizaban en 3 vehículos particulares, se presentaron en su domicilio a la 1.50 aproximadamente de la madrugada, golpearon la puerta y de pronto se dio con que una persona lo encandilaba con una linterna muy potente y otro le ponía una ametralladora en el pecho, pudo advertir que todos, menos uno, estaban con la cara cubierta y eran muy violentos. Vestían todos de uniforme policial. Al ingresar a la vivienda, le preguntó si él era Humberto Barrionuevo, el compareciente le contestó que no, que Humberto era su hermano, en ese momento su esposa quiso prender la luz del velador, y uno de los incursores le dio un culatazo en el pecho, que la despidió contra el suelo. El que comandaba el grupo le dijo que lo llevara al domicilio de su hermano y que si no lo hacía o lo confundía, mataría a su esposa y a su hijo de dos años de edad, motivo por el cual dejarían a dos personas en la casa. Ante tal cuestionamiento el compareciente tuvo que acceder y lo introdujeron en un automóvil Torino, en donde había un negro corpulento que lo golpeó brutalmente, en verdad, todo el trayecto fue objeto de fuertes golpes, en el vehículo tirado en el piso correspondiente al asiento trasero, en donde también fue salvajemente golpeado, tan es así que le produjeron tres heridas en la cabeza (...) a cada rato le decían que lo iban a matar (...) El secuestro de su hermano les llevó 10 minutos, nuevamente volvieron al auto y arrancaron. En un momento determinado el que estaba a cara descubierta dijo: “y con éste qué hacemos”, a lo que el negro que le apuntaba dijo “lo matamos”, a lo que el otro contestó: “ya no nos sirve para nada, así que lo largamos” (...) Luego lo dejaron, entró a rogar por su hermano; en ese instante sintió un tiroteo y luego supo por versiones de vecinos que habían sacado a otro muchacho, por lo que estima debe ser el mismo grupo que sacó a su hermano y al compareciente. A consecuencia de lo acontecido, su esposa quedó con una depresión nerviosa, motivo por el cual la tuvo internada en un sanatorio neurosiquiátrico y el suegro de su hermano quedó postrado, más muerto que vivo...”.




Conocimiento en detalle de características personales de la víctima


Resulta llamativo en algunos casos el conocimiento detallado de que hacían gala los incursores en relación a la persona cuya aprehensión procuraban:

“... fueron despertados por luces de linterna que los enfocaban en el interior de la casa (...) como si conocieran la casa, y en especial, la cama donde dormía Manuel Fortunato, se fueron directamente hacia allí y llamándolo por su apodo de “Negro Correa”, le ordenaron levantarse...”. 


No cabe duda de que en este caso actuaban guiados o asesorados por alguien que conocía cercanamente a la víctima. (Leg. 215. Desaparición de Manuel Fortunato Correa, 25 años, jornalero, domiciliado en el ex ingenio San José).

“... irrumpieron en su domicilio unos 10 hombres vestidos de civil, fuertemente armados y encapuchados. Una vez dentro del inmueble, uno de los incursores se dirigió hasta la cama donde dormían sus dos hijos y señalando a Rubén, les dijo a sus compañeros: “ése es”. De inmediato lo hicieron levantar y sin darle tiempo para que se vista, lo esposaron y descalzo, en paños menores, se lo llevaron...”. (Rubén Ignacio Zapata, 32 años, obrero, desaparecido desde el 25-11-75 en El Manantial, Departamento Lules. Leg. 214-V-84).


En el Leg. 283-V-84 (Vizcarra, Manuel Tomás y María Santos Madrid de) leemos:

“... que con fecha 20 de octubre de 1976 un grupo de personas –muchos– se presentaron en el domicilio de... (...) y luego de echar abajo la puerta (...) no le permitieron prender las luces y fueron encandilados con una linterna muy potente, no obstante (...) pudo ver que la mayoría portaba armas cortas y largas y que la mayoría del grupo calzaba botas tipo militar (...) todos estaban a cara descubierta menos uno que usaba capucha, y que era el que aparentemente comandaba el grupo (...) éste (el de la capucha) fijó su vista en un cuadro familiar y dijo “ésta es Chicha”, y así fue enumerando a cada uno de los miembros de la familia por sus nombres o apelativos, lo que evidenciaba la certeza de ser alguien que los conocía (...) su hermano, hoy liberado, cuenta que luego de un recorrido en el vehículo en que eran transportados, fueron dejados en un lugar que él pudo reconocer como “el ingenio Nueva Baviera” (para esa fecha base militar) (...) su hermano fue enviado a la cárcel de Villa Urquiza, luego es trasladado a la cárcel de Sierra Chica, Olavaria, provincia de Buenos Aires, donde finalmente con fecha 24 de diciembre de 1977 es dejado en libertad”.




1.3.2 Secuestros en lugares de trabajo o estudio



Transcribimos el testimonio de la esposa de Manuel Antonio Trátalo, obrero azucarero, desaparecido a los 21 años, el 13-05-76 (Leg. 178-T-84):

“... en esa época su marido se desempeñaba en el ingenio San Juan, perteneciente entonces a CONASA, donde cumplía horario de 7 de la mañana a 2 de la tarde. Ese día, su marido salió de la casa rumbo al trabajo como a las siete menos veinte (...) y como a las 7 y 10 o 15 minutos, un obrero llamado....., fue hasta su domicilio y le avisó “ya lo llevaron a su marido”, porque en esa época habían desaparecido varias personas de la zona y obreros del ingenio, sacados de sus casas por grupos de civiles o militares uniformados y todos vivían con el temor de ser visitados en hora de la noche y ser detenidos también. Cuando ......... dijo así, inmediatamente se levantó con su hijito de 9 meses de edad, corrió a la casa de su suegra y después al ingenio, donde muchos obreros le contaron lo siguiente: que más o menos a las siete menos diez de la mañana, cuando todos entraban al trabajo, advirtieron la presencia de varios automóviles desconocidos y un grupo de personas vestidas de civil, con ropas de obreros y portando armas de guerra. Todos los obreros que entraban a la fábrica se encolumnaban para marcar la tarjeta en el reloj, los miraban con temor porque sospechaban que estaba allí para detener a alguien; que entre esas personas estaba su marido quien después de marcar su tarjeta siguió caminando hasta su puesto de trabajo (...) pasando frente a ese grupo de personas sin que lo hablaran, por lo que evidentemente no lo conocían, pero cuando ya seguía caminando hacia su lugar de trabajo lo llamaron por su apellido. Que su marido se detuvo y se dio vuelta, entonces lo tomaron por los brazos para llevarlo y al parecer, se resistió, entonces con una de las armas le aplicaron un violento golpe en la cabeza produciéndole una herida que sangró en el acto, a tal punto que quedaron en el piso manchas de sangre; que a la rastra lo metieron en un automóvil y se alejaron del lugar. Que mientras realizaban este procedimiento a todos los empleados y obreros que llegaban a trabajar los hicieron poner manos arriba, apuntándolos con las armas. Cerca de veinte personas presenciaron lo sucedido, entre ellas una empleada administrativa que, según le dijeron al contemplar la escena se desmayó (...) Como el ingenio tenía personal de vigilancia en todos los portones, (...) resulta evidente que los entonces responsables de la fábrica azucarera y los del servicio de vigilancia les permitieron la entrada y que estacionen allí los coches, permaneciendo en el lugar más de veinte minutos...”.


Igualmente mencionamos el caso del desaparecido Pedro Benicio Silva, secuestrado el 17 de noviembre de 1976 de su lugar de trabajo, en una oficina de asesoramiento laboral, en calle Ayacucho 517 de esta Capital. En relación a este caso, mencionamos asimismo que en nuestro poder obra una denuncia formulada por el suboficial principal (R) del Ejército ........, quien vincula la desaparición de Silva –ex empleado del ingenio Lules– con maniobras dolosas cometidas por esa empresa durante el período en que está comprendida la fecha de secuestro del causante, período igualmente (menciona el citado denunciante suboficial Pérez) en que el ingenio subvenciono el mantenimiento de un destacamento del Ejército en su predio, que sirvió “de pantalla para ilegales procedimientos”. (Leg. 221-D-84). 

El día 10 de agosto de 1976, fue secuestrado en la zona de Santa Lucía por efectivos militares, el ciudadano Juan de Dios Gómez, en momentos en que se encontraba cumpliendo con su trabajo en el negocio en que estaba empleado. Esta es la versión de tales hechos, relatados por su madre:

“... su hijo se encontraba trabajando en la despensa conocida en la zona como “La Despensa”, que es propiedad de un señor Lobo (no sabe el nombre), y del señor Mario Graneros. A dicho negocio se va a ensillar caballos y queda ubicada como a dos kilómetros de la Villa de Santa Lucía, para el lado del cerro. Siendo aproximadamente las 18hs. llegó una patrulla militar, compuesta por cuatro personas comandada por el Teniente Flores (del cual no conoce el nombre); tomaron a su hijo a golpes, le vendaron los ojos, le ataron las manos a la espalda y lo introdujeron en una camioneta color azul de la policía y lo llevaron con rumbo desconocido. Que este hecho le contó uno de los vecinos de nombre Miguel Cativa... que vio los hechos que cuenta”. (Leg. 260-G-84). 


El 13 de julio de 1976, a las 17 horas, fue detenido ilegalmente en la finca citrícola en que trabajaba el ciudadano Salvador Leocadio Navarro, en la localidad de Villa Carmela, Yerba Buena, recuperando la libertad un mes después.

“... en momentos en que se encontraba trabajando (...) llegaron al lugar unos 4 o 5 vehículos (automóviles y un camión) de los que descendieron alrededor de 6 hombres vestidos de civil y fuertemente armados (...) El grupo armado hizo bajar del camión a una chica a quien conoce con el nombre de Liliana únicamente, la cual lo señaló diciendo: “ése es”. Agrega en este momento que meses antes (un año más o menos) algunos militantes de la Juventud Peronista le habían pedido que les guardara una caja o bolsito de material plástico cuyo contenido el deponente desconocía y que una de las personas que le pidieron eso, era Liliana. De inmediato los desconocidos le propinaron algunos golpes al igual que a Sosa, además de colocarle el caño de sus armas en la cabeza (...) (luego de lo cual) lo obligaron a subir a un automóvil de color rojo, y partieron con rumbo desconocido...” (Leg. 229-N-84). “... Aclara el compareciente que tardó tiempo luego de su liberación, en volver a la vida normal, y le quedaron como secuelas del cautiverio problemas de reuma, piorrea y desnutrición”.


El desaparecido Humberto Alfredo González (Leg. 200-A-84) fue secuestrado el 20 de setiembre de 1976 de una imprenta de su propiedad, sita en Córdoba y San Miguel, en pleno mediodía, por un grupo de alrededor de 10 personas, algunos con uniformes de la policía provincial.


De Simoca, a la salida de la Escuela donde enseñaba –en la localidad de La Rinconada– fue secuestrado el 8-2-75, para nunca más aparecer, el maestro y estudiante universitario Pedro Antonio Medina, 24 años de edad a esa fecha, por dos coches patrulleros de la policía provincial en presencia...

“... de numerosas personas que circulaban por la ruta (que une La Rinconada con Simoca) y de personas que estaban en las inmediaciones de la entrada a Simoca...” (Leg. 230-M-84)


Raúl Alberto Cabrera fue secuestrado del ingenio Bella Vista el 3-8-75 por un grupo de personas de civil a las 4.30 horas, quienes se identificaron como pertenecientes a la Policía Federal, significando ello el comienzo de un cautiverio de alrededor de 45 días al cabo de los cuales recuperó su libertad, tras ser reconocido como detenido, sufriendo una larga lista de apremios ilegales.

 


Secuestros en sus lugares de trabajo

 

Causa 370-E-84. Espinosa, Juan Carlos. Secuestro y desaparición.

El único dato que obra en nuestro poder es que el mencionado Espinosa, para el día 17 de julio de 1976 se encontraba trabajando como recepcionista en el Hotel Claridge, de calle Maipú al 500 de esta ciudad, y fue secuestrado de su lugar de trabajo a las dos de la madrugada, desconociéndose otro dato. Con tal motivo se envió oficio al hotel, contestando éstos que eran nuevos dueños, así que lamentablemente desconocían el hecho mencionado.


Causa 17-B-84. Bejas, María Cristina. Su secuestro y posterior desaparición.

Expresa entre otras cosas:

“... desaparición de su hija ocurrida el 13 de abril de 1977, la que se desempeñaba como sicóloga. Para esa fecha en el Colegio General Belgrano, se debía desarrollar una conferencia auspiciada por el “Movimiento Familiar Cristiano”. En la puerta de acceso al colegio, ubicado en calle Chacabuco entre Piedras y General Paz, un desconocido de civil que desde hacía rato merodeaba por el lugar, la tomó sorpresivamente de atrás, tapándole la boca y obligándola a subir a un automóvil Peugeot de color naranja, chapa patente de Buenos Aires, no sabe el número, que estando estacionado en las proximidades se acercó de inmediato al lugar del hecho. Esto les fue informado por un joven vecino del lugar que presenció lo acontecido. En base a ello se dirigió a la Jefatura de Policía y al guardia que estaba sobre calle Santa Fe le dijeron que iban a denunciar lo acontecido. En ese momento, el hermano de la causante observó que en la playa existente en el interior del local policial estaba estacionado un automóvil de idénticas características al utilizado en el secuestro, lo que hizo notar al guardia, respondiendo éste que no podía ser, por cuanto dicho vehículo se hallaba desde hacía una semana sin distribuidor. En este estado informan los denunciantes que desde hacía días venían recibiendo llamadas telefónicas anónimas, en las cuales les manifestaban que era mejor que María Cristina se marchase de la provincia, ya que sería detenida de un momento a otro...”.


Un caso patético es el de la causa 126-P-84. Carreras, Juan Francisco. Secuestro y desaparición.





1.3.3 Secuestros en la vía pública



El 30 de mayo de 1976, cuando salía de su casa luego de almorzar para concurrir a ver un partido de fútbol, fue secuestrado en plena vía pública el joven Enrique Raúl Fernández, estudiante, de sólo 18 años de edad, según testimonios obrantes en el Leg. 37-P-84. Transcribimos la denuncia de su madre:

“... Sabe la denunciante por versiones del Sr. Roberto A. Caram, que a esa fecha vivía en calle Lamadrid al 1.100 (...) quien dice haber presenciado, cuando un automóvil Ford Falcon color celeste, sin chapa patente, que apareció de contramano por calle Alberdi y entró por su mano, en calle Lamadrid y cuando llegaron a donde iba caminando su hijo, descendieron dos personas y lo tomaron por sorpresa, introduciéndolo en el interior del coche; dice Caram que su hijo gritó de dolor e inmediatamente el coche se alejó velozmente por calle Lamadrid. También sabe (por otro testigo) ... que atrás del coche Ford Falcon celeste iba otro de la misma marca, color blanco, haciendo sonar insistentemente la bocina, como pidiendo paso...”.


Similares circunstancias rodearon el secuestro de Adriana Cecilia Mitrovich de Torres Correa, estudiante de 25 años, secuestrada en el trayecto que media entre la casa de un compañero de estudios y la suya, sin que existan noticias sobre su paradero, salvo las aportadas por Juan Martín que afirma haber compartido con ella una celda en el campo de concentración ubicado en la compañía de Arsenales Miguel de Azcuénaga.

Vale la pena aquí detenernos un instante para efectuar una breve digresión. Como viene surgiendo hasta aquí del detalle de causas que se van enunciando, así como del análisis del conjunto de denuncias que se han formalizado por ante esta Comisión Bicameral, no puede dejar de destacarse un importante hecho, común a la casi totalidad de los casos.

Nos estamos refiriendo a la existencia de testigos presenciales de los hechos, en el momento y oportunidad de consumarse el secuestro de los ciudadanos y su posterior asesinato o desaparición.

Nuestra Comisión ha tenido especial cuidado en la alusión de estas personas en preservar su integridad, o en evitar exponerlos a cualquier tipo de represalias, siendo esa la razón, salvo cuando existió indicación en contrario, por lo cual se omite su identidad y se ha dejado en blanco el espacio correspondiente a sus nombres.

En algunos casos, el desparpajo y la ostentación de los captores los ha llevado a accionar con verdadero desprecio por esta circunstancia, obrando a la vista de todos.

En otros casos, es evidente la cautela y el afán de no dejar huellas, pese a lo cual, por el sólo hecho de que una abrumadora proporción de las detenciones se realizara en el domicilio de las víctimas, está siempre presente el testimonio de los vecinos.

Proseguimos a continuación con el hilo del análisis.

Al día siguiente de la desaparición de Adriana, se produjo la de su esposo, Ricardo Torres Correa, de 29 años, estudiante, empleado de la U.N.T., secuestrado también en la vía pública el 29 de abril de 1977 junto a la doctora Graciela Bustamante de Argañaráz, de 25 años, médico, casada y madre de un niño de corta edad, de cuyos legajos (67-M-84) surge el siguiente testimonio:

“El día 29 de abril, aproximadamente a las 12 hs., al hacer abandono de sus tareas como médico del Hospital del Niño Jesús, después de firmar el libro de salidas, fue buscado por un amigo (Ricardo Torres Correa) para informarle que su esposa, Adriana Mitrovich de Torres Correa, había sido secuestrada la noche anterior. Ascendió al auto de su amigo y en las proximidades del Hospital fueron interceptados por un grupo de personas que, a estar a la versión de circunstanciales testigos, fueron obligados a seguirlos”.


En la denuncia de desaparición de Adriana Mitrovich de Torres Correa y Ricardo Guillermo Torres Correa (Leg. 437-M-85) ratificada ante nuestra Comisión, se agrega que la visita de Ricardo a la Dra. de Argañaraz, se relaciona con la hijita de aquél que se encontraba enferma.

El día 5 de enero de 1977, salieron de su domicilio rumbo a la fábrica Confecciones del Tucumán S.A., donde trabajaban Eduardo Nicanor Giménez –dirigente gremial de la misma– y su esposa María Cristina Araoz, desapareciendo ambos en el trayecto (Leg. 3-G-84).


En el caso del Dr. Máximo Eduardo Jaroslavsky, 37 años, prestigioso médico residente en nuestro medio, el mismo fue secuestrado en circunstancias que aún no se conocen, cuando se retiró de la clínica cardiológico, de la que era copropietario, para visitar a sus pacientes, desapareciendo conjuntamente con su automóvil Citröen Ami 8 Club. Estos hechos se produjeron después de las 21 hs. del 19 de noviembre de 1975. Según el testimonio de la madre de la víctima, Blanca Gerchunoff de Jaroslavsky, incluido en el Leg. 365-J-84, correspondiente a la denuncia asentada en esta comisión Bicameral, existen indicios de la permanencia de Máximo Eduardo en poder de las FF.AA.

“... este señor (Alberto Pawli) que se desempeñaba en 1975 como funcionario del Ministerio de Bienestar Social en la Provincia de Río Negro (...) fue detenido y conducido en esa situación a Bahía Blanca. En el transcurso del vuelo, tuvo oportunidad de conversar con el General Acdel Vilas, y éste le preguntó si conocía al Dr. Jaroslavsky, a lo que Pawli le contestó que no, que él conocía al padre y al hermano del Dr. Máximo Jaroslavsky, a lo que Vilas acotó: “a ese, al Dr. Máximo Jaroslavsky, lo tenemos nosotros...” (Fs. 25/26).


Un patético ejemplo de la soltura e impunidad con que efectuaban su trabajo las patotas de secuestradores que conformaban los llamados grupos de tareas, lo constituye el secuestro –y posterior desaparición– del ciudadano Felipe Arturo Urueña, conocido dirigente gremial ferroviario. Urueña fue detenido ilegalmente por personal de civil en pleno centro de esta ciudad, en la intersección de calles 25 de Mayo y Córdoba, en la vereda del Correo Central, en una hora de intensa actividad y a plena luz del día (9.30hs.) del 28 de enero de 1977, siendo aprehendido, como dice el recurso de corpus corpus interpuesto a su favor por su madre en 1979.

“... por grupos de personas que prima facie actuaban en ejercicio de alguna forma de autoridad y que ejercían en el momento del secuestro una fuerza material irresistible”. (Folio 5, Leg. 65-U-84).


Habiendo sido allí detenido, fue conducido a continuación:

“... hacia un carro de asalto de la Policía de Tucumán, en la vereda de la confitería “Ciervo de Oro”, ubicada en calle San Martín 453 de esta ciudad, según manifestaciones de personas que se encontraban allí presentes quienes transmitieron estos detalles con posterioridad a sus familiares...” (F.1, Leg. cit.)


También en pleno centro –a la salida de la Facultad de Derecho (Santiago y Muñecas) – desapareció la joven Luisa Ana Ibáñez, estudiante de Derecho, 29 años, el 27-11-77.

“... en la esquina de Santiago y Muñecas, a hs. 21.30 aproximadamente, fueron interceptados por un vehículo del cual descendieron un grupo de personas de civil, a cara descubierta, portando armas cortas y largas (...) uno de los que descendió del vehículo que era un Ford Falcon sin chapa, color naranja, le dijo al compañero de su hija que se fuera de inmediato y le dio un empujón (...) vieron que Luisa era introducida en forma abrupta dentro del vehículo y partieron con rumbo desconocido...”. (Leg. 433-1-85).


En cuanto al secuestro y desaparición posterior de José Edgardo Córdoba, estudiante, 24 años, hecho ocurrido el 4-11-75,

“... el día del secuestro, su hijo José Edgardo sale de trabajar del colegio José Manuel de Estrada y tenía que regresar al domicilio a almorzar pero no lo hizo (...) tratando de recomponer el itinerario que realizaba todos los días, se enteraron por unos operarios de la firma Cincotta que funcionaba en calles Catamarca y San Juan, que más o menos a esa hora habían detenido la marcha tres automotores del 1ue descendieron varios individuos vestidos de civil, quienes procedieron a la detención de un muchacho joven y se lo llevaron...”. (Leg. 238-C-84).





1.3.4 Otros lugares de secuestro



Hemos aclarado ya que el 92% de los secuestros se produjo en el domicilio de las víctimas, y nos hemos referido también a los casos de secuestros practicados en los lugares de trabajo o estudio y a los efectuados en la vía pública. Nos referiremos ahora a situaciones que si bien no poseen la misma relevancia en relación al número de secuestros realizados, son altamente ilustrativas de las dimensiones del accionar del terrorismo de estado y la saña persecutoria del régimen. Como resulta propio a un régimen totalitario y represivo, la persecución a los ciudadanos llegó a todos los niveles.


En Hospitales


(Leg. 101-P-84). Se refiere al secuestro y posterior desaparición de los hermanos José Fernando y Carlos Bautista Poli, de 30 y 28 años de edad, respectivamente, ambos técnicos mecánicos automotrices y operarios del ingenio Santa Rosa.

Según nos relató su hermana, la sucesión de los hechos es la siguiente:

“...Aquel día, en un operativo a cargo de fuerzas militares y policiales encapuchadas, intentaron secuestrar a mis hermanos Carlos y José Poli de su domicilio. Al resistírseles, Carlos fue herido de bala...”.

El siguiente párrafo de su testimonio merece especial mención:

“... (un testigo presencial) dice: lo único que vi fue cuando José Poli sacó corriendo con un sifón a uno de los encapuchados que portaba una ametralladora, tras lo cual quedó frustrado el operativo”.

Y prosigue:

“Al día siguiente, mi hermano José manifestó a mi madre que el comisario Moreno (de ese entonces) fue quien hirió a Carlos, y que se movilizaban en una camioneta del Ministerio de Bienestar Social color verde con una franja blanca (...) Mi hermano Carlos fue trasladado al Hospital Padilla y luego de ser intervenido quirúrgicamente fue alojado en el segundo piso y al día siguiente lo trasladaron a la planta baja. Fue precisamente el 20 de enero cuando se produjo el secuestro de mis hermanos para lo cual cortaron el suministro de energía eléctrica, teléfono, y efectuaron disparos. Los autores del operativo en el Hospital Padilla fueron encapuchados y vestidos de militares (...) Posteriormente llegaron a mi domicilio Policía y Ejército, con el propósito de averiguar quién se responsabilizaba de mis hermanos. (...) Habiendo hecho innumerables gestiones por saber el paradero de mis hermanos y sin tener el más mínimo dato, encaro este pedido de esclarecimiento por esta nueva vía democrática en la cual deposito toda mi confianza, considerando que es la única que tendrá la firmeza de sostener la defensa para todos y en especial para los que sufrimos la impotencia de no poder hacernos escuchar...”:


También del Hospital Padilla fue secuestrado el 17/9/76, a las 10 de la mañana, mientras realizaba una práctica médica en dicho nosocomio, el estudiante Hernán Eugenio González, de 20 años de edad, por 4 individuos fuertemente armados, vestidos de civil, que se identificaron como pertenecientes a la Policía Federal. Fue visto posteriormente por un testigo en el campo de detención secreto ubicado en la Compañía de Arsenales”. (Leg. 185-G-84).


Pese a estar rodeados de distintas circunstancias (el compareciente decidió presentarse a las autoridades militares el 27 de marzo de 1976, eligiendo para esos fines hacerlo en el Hospital Militar) también fue secuestrado de un nosocomio el ex intendente Carlos María Torres, detenido ilegalmente durante varios días.

“... Que en vista de esa situación el día 27 de marzo de 1976, a las 17 hs. se presentó espontáneamente en el Hospital Militar conjuntamente con Carlos Arístides González. En ese lugar los atendió un capitán médico, que cree se llamaba Antolín Dulac, o Dalac, no recuerda bien, el que les dijo que ya habían hablado en la Jefatura, para que lo vengan a buscar al exponente. El mismo les aclaró que su decisión era presentarse ante autoridades del Ejército y no de la Policía, a lo que el otro contestó que había procedido conforme a las instrucciones que para estos caos había recibido de la superioridad. Esperaron un rato, y cuando entró un automóvil, que cree era un Chevy, vino una persona, le vendó los ojos, le ataron las manos hacia la espalda y le hicieron subir en un vehículo y le llevaron a un local que no puede precisar cuál era, por las circunstancias de estar con los ojos vendados, pero que le parece eran dependencias policiales. En ese lugar, que no sabe si era la Jefatura de Policía o la Brigada de Investigaciones, pero que seguro era una repartición policial, fue salvajemente torturado y picaneado, por lo menos dos veces durante el día y preferentemente de noche... (...) Que de ese lugar fue sacado también vendado y atado cubiertos el rostro y parte del cuerpo por una bolsa y trasladado a otro lugar que luego supo, era el Departamento de Educación Física. (Deduce este hecho por una serie de razones que se detallan en la declaración)”. (Leg. 276-T-84).




En lugares de esparcimiento


El 17 de julio de 1976, un grupo de encapuchados que se movilizaban en automóviles sin identificación, irrumpieron violentamente en la Peña Alto La Lechuza, a las 2 de la madrugada. Allí fueron secuestrados seis estudiantes oriundos de la provincia de Jujuy.

“... Se encontraban los nombrados festejando el cumpleaños de Hugo Antonio Narváez, se presentaron seis personas encapuchadas portando armas de fuegos, quienes amenazándoles hicieron que mi hijo José Gerardo Jarma, Hugo Antonio Narváez, Rubén Canseco y Rubén Molina, se acercaran a ellos obligándolos a salir fuera de la peña, llevándolos en dos autos, uno de marca Ford y el otro Torino, ambos sin chapas...”.


Este procedimiento fue relatado por testigos oculares que se encontraban en la Peña al momento de ocurrir el hecho. Antes que se presentaran los encapuchados en la peña, allanaron previamente el departamento donde vivían los jóvenes, pero solamente estaban estudiando Osvaldo Jayat, Gerardo Herrera y Víctor Léeme, a quienes los obligaron mediante amenazas a decir dónde se encontraban los otros, llevándoles luego a un paraje llamado El Manantial donde los abandonaron.

Todos estos datos están contenidos en el Leg. 376-C-84, por la desaparición de José Manuel Cabrera, de 23 años de edad, estudiante de abogacía, y Leg. 347-J-84, Juan Gerardo Jarma, 21 años, estudiante de la Facultad de Medicina.


En el caso de los hermanos Juan Eugenio y Francisco Armando Aranda (Leg. 59-A-84), su secuestro se produjo mientras asistían a la fiesta del casamiento de un pariente cercano.




Otros casos


En un capítulo especial nos referimos al secuestro y posterior desaparición de jóvenes que se encontraban haciendo el servicio militar, y que desaparecieron en los lugares donde lo cumplían.

También se produjeron secuestro en comisarías. El cabo de policía Juan Carlos Castro, fue secuestrado de la Comisaría de la Reducción por un grupo de policías uniformados. (Leg. 226-C-84).

El ciudadano Juan Andrés Molina fue secuestrado en la puerta de la Comisaría 9a.

El policía de la provincia Wenceslao Quinteros, de 38 años, fue secuestrado en horas de la mañana en la sucursal Ciudadela del Banco de la Nación. (Leg. 425-Q-84). Hacemos alusión en un capítulo especial a este caso, dado las particulares circunstancias que reviste.

El joven Víctor Hugo González Toledo, de 23 años de edad al momento de su detención, fue secuestrado por un grupo de policías con uniformes el 25 de mayo de 1977, de la escuela nocturna a que asistía.

“... Mientras concurría al homenaje de la fecha patria, en el establecimiento escolar de la escuela Lidoro Quinteros, a la que asistía regularmente como alumno cursante de séptimo grado y siendo aproximadamente las 15 hs. se presentó un grupo de personas desconocidas, presuntos policías y lo llevaron detenido junto a otro compañero de la escuela llamado Luna, que residía en El Palomar quien apareció a los tres días con los ojos vendados detrás de Atlético, pero a mi hijo desgraciadamente no me lo entregaron y sé que es inocente, “lo juro”, puesto que él jamás estuvo vinculado a nada que fuera política. En mi calidad de madre desesperada de mi hijo único les suplico que hagan todo lo posible para cuanto antes suceda que me entreguen a mi hijo”. (Leg. 120-T-84).


La señorita María Celestina González Gallo, de 23 años de edad en ese momento, maestra normal y estudiante de Filosofía y Letras, fue secuestrada el 23 de noviembre de 1976, de la sede de un Juzgado de Paz por cuatro hombres vestidos de civil. Se trata del Juzgado de Paz de Los Pereyra, departamento Cruz Alta. Volvemos sobre el caso más adelante.

 

 

 

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