Homicidios

Informe de la Comisión Bicameral - Tucumán 1974-1983 (Anexo III)

 

3. Represión a personas 
pertenecientes a las fuerzas de seguridad


3.1. Leg. 228-G-84. Sirnio, Juan. Homicidio

Se denuncia en este legajo el asesinato al Inspector Mayor y ascendido porst mortem a Oficial Inspector General, conforme los hechos que se detallan a continuación:

“... cuando entraron a la Comisaría se fueron corriendo hasta una galería en donde en una camilla se encontraba el cadáver de su padre y se abalanzaron llorando encima de él, el compareciente pudo notar que tenía varios orificios de balas en el tórax y varios impactos de bala, en la zona del pecho, y estaba íntegramente manchado de sangre, en el resto del cuerpo estaba intacto como así también la cara...”.


Continúa el denunciante en su exposición al referirse a la víctima:

“... luchó contra todo tipo de violaciones a la justicia, llámese robo, crimen, cuatrerismos, etc. Y últimamente como todo el personal luchaba en contra de la subversión (...) pero que bajo ningún concepto era “verdugo” ni nunca jamás ni antes ni después efectuó o hizo ordenar torturas contra nadie pues eso iba totalmente en contra de sus inclinaciones religiosas (...) En muchas ocasiones tuvo discusiones violentas con el jefe de Policía Arrechea y con el Inspector Mayor Roberto H. Albornoz (alias “El Tuerto”) y con el capitán González Naya, porque su padre nunca estuvo de acuerdo con las torturas aberrantes (...) que éstos efectuaban a los detenidos y a pesar de que en varias oportunidades le pidieron que colaborara nunca lo hizo, asqueado por esas violaciones que iban en contra de su fe religiosa. Esto lo conoce puesto que a pesar de ser un hombre muy reservado en lo que respecta a sus funciones, muchas veces comentaba en su casa los referidos pormenores y que en ese aspecto era apoyado por toda su familia (...) Que una semana después de la muerte de su padre fue citado a la Unidad Regional Capital y un policía, con cargo de Comisario General, y que su apellido es Acosta, no sabe su nombre, pero que ya está fallecido, les dijo que el expediente ya estaba abierto y que el mismo había sido asesinado por la subversión, y que esos subversivos ya estaban bajo tierra, dando tal vez por olvidado el asunto, cosa que el compareciente jamás creyó”.




3.2. Leg. 18-P-84. Muerte de Antonio Alberto Martínez. Ocurrida el 24/10/75.

“... se desempeñaba con el cargo de agente en la Guardia de Infantería (...) el veintiséis o veintisiete de octubre recibió una notificación policial, para que se apersonara en la Jefatura de Policía de esta ciudad, a los fines que se le haría saber. Fue así que nuevamente viajaran hasta la Jefatura de Policía y al llegar a la misma un agente que se hallaba de guardia, tras preguntarle si era la esposa de Martínez, le dijo si ya sabía que su marido había sido muerto en un enfrentamiento con extremistas. Una vez en la Jefatura fueron atendidas por quien cree era un oficial el cual, tras manifestarle que al parecer su marido había tenido un accidente, les preguntó si qué sabían ellas al respecto, a los que respondieron que nada, para no comprometer al soldado que les había hablado en la puerta de entrada. Ante su repuesta, quien las entrevistaba levantó el tubo del teléfono, apretó un botón y quien le atendió le dijo: “ella no sabe nada”, tras lo cual cortó. De inmediato les indicó que podían retirarse y que cualquier novedad que tuviesen les sería comunicada. Días después concurrió al domicilio de Bella Vista –donde residían– un coche patrullero y uno de sus ocupantes la invitó a acompañarlo hasta la comisaría de la localidad, una vez allí, policías de la Jefatura de esta ciudad que habían llegado a Bella Vista en un coche patrullero le pidieron que hiciera entrega de la notificación recibida días antes, por cuanto la misma no debía tenerla la dicente en su poder, tras lo cual quedó en libertad de acción. Como pasaba el tiempo y proseguían sin noticias de su marido, desde ese momento concurrieron repetidas veces tanto a la Jefatura de Policía como a la guardia de Infantería, requiriendo datos acerca del esposo, en tales oportunidades los enviaban de uno a otro lugar sin que en definitiva les hicieran conocer concretamente qué había sucedido, sin embargo, dos veces distintos compañeros de Martínez, cuyos apellidos no recuerda, pero a quienes podría individualizar, le hicieron saber lo siguiente: que su marido había salido en comisión junto a otro policía en un coche patrullero, hacia la zona de El Cadillal, que habían partido en horas de la tarde y que a la mañana siguiente el automóvil policial fue encontrado cerca del Dique, con los cadáveres de sus ocupantes quemados (que en esa oportunidad habían encontrado) y retirado los documentos de dos policías...”.


Al realizar los trámites de certificado de defunción en el Registro Civil le informaron “que no se registraba el fallecimiento de una persona de ese nombre (...) habiendo comenzado a trabajar la Señora de Martínez como empleada doméstica, cuando regresó un día lunes la señora le contó que una pareja compuesta por un muchacho y una joven de pelo negro, había andado indagando de dónde vivía la dicente, qué trabajo hacía, qué horario, hacia dónde iba...”.

A los efectos de la investigación la Comisión libró oficios a la Jefatura de Policía, mediante expediente 1016, fecha 30 de marzo de 1984, en la que se solicitó los siguientes informes:

– fecha de baja, como agente con prestación de servicios en la Unidad de Guardia de Infantería de ANTONIO ALBERTO MARTÍNEZ.
– copia autenticada de fs. de servicio.
– si a esa fecha fue localizado en la zona de El Cadillal un patrullero policial incendiado, con restos de cadáveres de personal policial en su interior, medidas adoptadas, autoridad judicial que intervino e identidad de los presuntos extintos.


Contestando el oficio de referencia resultó:

– que de la remisión de la foja de servicio de ANTONIO ALBERTO MARTÍNEZ surge que: en fecha 2/11/75, el Jefe Cuerpo Guardia Infantería informa que el causante falta al servicio sin causa justificada desde el 30 de oct. 75. Exp. 2733/361; figura en dichas fojas de servicio que en fecha 14/05/76, mediante Dcto. 695/14 el causante es dejado cesante por abandono de servicio a partir de fecha 30/10/75.

– Se adjunta copia del Acta labrada en El Cadillal, en fecha 2/11/75 en folios 58 y 59 del Libro de novedades que a tales fines se lleva en el Destacamento de El Cadillal y que dice: “En El Cadillal, Departamento de la Capital, a los dos días del mes de octubre del año mil novecientos setenta y cinco, el funcionario de Policía que suscribe, Oficial Principal Armando Benito Di Marco, con funciones de Jefe del Destacamento Policial El Cadillal, a los efectos legales labró la presente; siendo las horas quince del día de la fecha, se hace presente en ésta el ciudadano JUAN MARCELINO RIZZO, domiciliado en esta jurisdicción, el mismo se desempeña como guardabosque de esta zona, y al efectuar un recorrido por las inmediaciones del gasoducto, el cual se encuentra en una entrada de la ruta nacional 9 a la altura del kilómetro 1315, hacia el norte del camino, y en un lugar denominado La Posta, a unos tres kilómetros de la entrada de la Ruta, se encuentran UNS RESTOS HUMANOS (HUESOS), de inmediato, con el personal a mis órdenes, en la camioneta de ésta nos trasladamos hasta el lugar mencionado, donde efectivamente se encontraban los huesos de un cuerpo humano, al parecer los habían quemado, como así también encontramos un portadocumento de plástico color azul ligeramente quemado, conteniendo en su interior un carnet de la Repartición Policial, color blanco, a nombre de ANTONIO ALBERTO MARTÍNEZ y la fotografía del mismo con cargo N° 2418, así como también una hebilla de un cinto, los que son provistos en la Repartición Policial; el mismo se desempeñaba con el cargo de Agente de la Repartición Policial Provincial de ésta, como así también una cruz de metal tamaño chico, dos proyectiles usados al parecer de calibre 9 mm; de esta novedad le comuniqué personalmente al 2do. Jefe de Unidad Regional Capital. No siendo para más doy por finalizada la Pte.”.


2. Se libró nuevo oficio a la Jefatura de Policía a fin de que informe si se instruyó sumario por el hallazgo de dichos restos, a lo que se informó que habiéndose efectuado una prolija inspección en los Libros de registro de sumarios procesales del año 1975 perteneciente a ese departamento no se registran antecedentes del agente.

Se libró nuevamente oficio a Jefatura a fin de que comparezcan los Jefes responsables de la víctima, sin que se haya producido el comparendo de los mismos. Asimismo no se informó sobre la tramitación de sumario procesal alguno.

 

 

 

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